¡Hay jueces en Berlín!
El Fiscal Alemán tiene que conceder la extradición y el Tribunal
Supremo español tiene que juzgar a Puigdemont por malversación. Ni el
Fiscal General puede no conceder la extradición, ni el Tribunal Supremo
español puede rechazarla
Javier Pérez Royo
El diario .es
Al que fuera fiscal
general del Estado, José Manuel Maza, fue a quien se le ocurrió que la
conducta de Carles Puigdemont y de otros políticos nacionalistas durante
los meses de septiembre y octubre de 2017 había sido constitutiva del
delito de rebelión. Para la inmensa mayoría de los miembros de la
comunidad académica, cuya opinión quedó fijada en un manifiesto hecho
público y me imagino que también para buena parte, posiblemente para la
mayoría de los jueces y fiscales, aunque no podemos saberlo, dicha
calificación penal no era la procedente. Pero los jueces de la Audiencia
Nacional y del Tribunal Supremo que tuvieron que admitir a trámite
primero la querella activada por el fiscal general y que han tenido que
ir tomando después distintas medidas en el recorrido procesal de dicha
querella, sí han considerado que la calificación jurídica de la Fiscalía
General era la apropiada y han llegado hasta dictar un auto de
procesamiento firme por tal delito de rebelión.
La
verdad judicial española, por el momento, es la de que hay indicios
sólidos de que en los meses de septiembre y octubre se pudo cometer un
delito de rebelión por un número determinado de autoridades y dirigentes
nacionalistas catalanes. Eso es lo que vienen reiterando todos los
miembros del Ministerio Fiscal que han intervenido y todos los
magistrados de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo que han
tenido que tomar decisiones respecto de las querellas activadas por la
Fiscalía General del Estado. Aunque el Auto de la Sala del Tribunal
Supremo que dio firmeza al Auto de Procesamiento dictado por el Juez
Instructor deja claro en su fundamentación jurídica que estamos en un
momento inicial del proceso y que la calificación de las conductas de
los querellados como constitutivas del delito de rebelión puede ser
revisada, la decisión final del auto es mantener la acusación por
rebelión.
La justicia española no ha sido capaz de convencer a la
justicia de varios países europeos, Bélgica, Alemania, Reino Unido y
Suiza, de que hay indicios en la conducta del señor Puigdemont y demás
querellados que permitan tal calificación jurídica. Hasta el día de hoy,
12 de julio, no disponíamos de ninguna decisión firme al respecto de la
justicia de alguno de estos países.
A partir de este
jueves ya no es así. El Tribunal Superior de Justicia de
Schleswig-Holstein ha hecho público un comunicado de prensa en el que da
a conocer su decisión de que no considera que la conducta de Carles
Puigdemont pueda ser considerada constitutiva de los delitos de
rebelión, sedición, desórdenes públicos o corrupción. Únicamente ve
indicios de un posible delito de malversación.
Se
trata de una decisión firme, que únicamente puede ser recurrida en
amparo por Carles Puigdemont ante el Tribunal Constitucional. Para todos
los demás: Fiscalía del Land de Schleswig-Holstein, Fiscalía General
del Estado, "tribunales españoles" (palabras textuales del comunicado)
y acusación particular, la decisión es firme. No cabe recurso contra
ella.
Se trata, por tanto, de una decisión de
obligado cumplimiento, que delimita tanto en positivo como en negativo
la actuación de las partes implicadas en el proceso.
En positivo, la decisión obliga al fiscal general del Land de
Schleswig-Holstein a conceder la extradición de Carles Puigdemont a
España, a fin de que pueda ser procesado por el delito de malversación.
El Tribunal se expresa en imperativo: el Fiscal General CONCEDERÁ la
extradición. La decisión ya está tomada. Únicamente se trata de
ejecutarla.
En negativo se impone a los "tribunales
españoles" la limitación de no poder perseguir penalmente a Carles
Puigdemont nada más que por el delito de malversación. El Tribunal
Superior de Schleswig-Holstein recuerda expresamente en el apartado 5 de
su comunicado que él asume que los tribunales españoles respetarán el
principio de especialidad, de acuerdo con el cual el enjuiciamiento en
España se limita ahora a la extradición declarada admisible por
malversación, y que no procesarán al perseguido Puigdemont, tras su
extradición, por cargos de corrupción o rebelión.
El
fiscal alemán tiene que conceder la extradición y el Tribunal Supremo
español tiene que juzgar a Puigdemont por malversación. Ni el fiscal
general puede no conceder la extradición, ni el Tribunal Supremo español
puede rechazarla. Pienso que incluso antes de que la decisión fuera
firme, el Tribunal Supremo había perdido el control sobre la euroorden
que dictó en su día el juez instructor y no podía dejarla en suspenso o
retirarla. Pero de lo que estoy seguro es de que, una vez hecha pública
la decisión, ya no puede hacerlo de ninguna manera.
Más todavía. En mi opinión, la Fiscalía General del Estado tiene la
obligación de retirar la acusación contra Carles Puigdemont por el
delito de rebelión. El Tribunal Supremo por lo que al delito de rebelión
se refiere, ya no tiene nada que decir. Ni siquiera puede reflexionar
sobre ello. La decisión sobre el alcance de la posible conducta
delictiva de Carles Puigdemont ya está tomada. Y es una decisión firme,
únicamente recurrible, repito, por el propio Carles Puigdemont.
Obviamente, si no se puede proceder por rebelión contra Carles
Puigdemont, que era la máxima autoridad de Catalunya, mucho menos se
podrá hacerlo contra los demás querellados. Aunque la decisión del
Tribunal Superior de Schleswig-Holstein únicamente afecta de manera
directa a Puigdemont, indirectamente afecta a todos los demás
querellados.
Más todavía. Todas las medidas
cautelares adoptadas tienen que ser levantadas inmediatamente y, por
supuesto, tiene que dejarse sin efecto la suspensión cautelar en el
ejercicio de la función parlamentaria acordada por el Juez Llarena
contra Carles Puigdemont y otros cinco diputados.
El
delito de rebelión era un espejismo que estaba en la cabeza, trastornada
por alguna razón que no alcanzo a entender, de los últimos fiscales
generales designados por Mariano Rajoy y de los Magistrados de la
Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo. El contacto con la realidad
democrática europea ha hecho que tal espejismo acabe desvaneciéndose.
No estamos en la España de Franco, aunque parece, tras oír los
comentarios de González Pons y de Albert Rivera después de que se
conociera el comunicado de prensa del Tribunal alemán, que a algunos
políticos de la derecha española les gustaría que todavía estuviéramos
en aquella España en la que era posible disfrazar la persecución
política como un proceso penal.
Con el Gobierno de
Mariano Rajoy se ha intentado. Pero afortunadamente estamos en la Unión
Europea y hay forma de defenderse frente a un atropello de esa
naturaleza.
¡Hay jueces en Berlín!
y ver
https://www.ara.cat/es/opinion/javier-perez-royo-aviso-para-navegantes_0_2049995207.html..
y ver .http://cort.as/-86bP
Nota .- En paralelo, las especulaciones se disparan. Por ejemplo, respecto a la posibilidad de que Carles Puigdemont fuera reelegido president en caso de ser entregado a España sólo por malversación. De entrada, quedaría muy probablemente en libertad provisional. Ya no estaría acusado de rebelión. Todas las piruetas que hizo el TC en enero pasado para evitar su investidura caerían como un castillo de naipes. La justicia alemana proyecta, en efecto, una sombra alargada, muy alargada. Dejaron al Supremo a los pies de los caballos. . pues no es porque no se lo hubieran dicho .. aqui 100 penalistas dijeron lo mismo , y uno de ellos redactor del articulo del código penal ( Garrido) o sea que no es solo por la ley alemana sino la española lo mismo .
y ver
https://www.ara.cat/es/opinion/javier-perez-royo-aviso-para-navegantes_0_2049995207.html..
y ver .http://cort.as/-86bP
Nota .- En paralelo, las especulaciones se disparan. Por ejemplo, respecto a la posibilidad de que Carles Puigdemont fuera reelegido president en caso de ser entregado a España sólo por malversación. De entrada, quedaría muy probablemente en libertad provisional. Ya no estaría acusado de rebelión. Todas las piruetas que hizo el TC en enero pasado para evitar su investidura caerían como un castillo de naipes. La justicia alemana proyecta, en efecto, una sombra alargada, muy alargada. Dejaron al Supremo a los pies de los caballos. . pues no es porque no se lo hubieran dicho .. aqui 100 penalistas dijeron lo mismo , y uno de ellos redactor del articulo del código penal ( Garrido) o sea que no es solo por la ley alemana sino la española lo mismo .
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