Juristas cuestionan
la toma de control de la seguridad en Catalunya por parte de Interior
Expertos de distintas ramas del derecho recuerdan que a día
de hoy no se puede aplicar el adjetivo "ilegal" al referéndum ya que
solo está suspendido por el Constitucional
Los juristas consideran que el Gobierno está aplicando
medidas propias del estado de excepción sin haberlo aprobado en las Cortes
Oriol Solé Altimira
23/09/2017
El debate, moderado por la subdirectora de eldiario.es Neus
Tomàs y organizado por el Ayuntamiento de Barcelona, ha contado con los
diagnósticos y valoraciones del magistrado emérito del Tribunal Supremo José
Antonio Martín Pallín; la catedrática de Derecho Constitucional de la
Universitat de Barcelona, Mercè Barceló; la jurista y exdiputada del Parlament
Gemma Calvet; el juez de primera instancia Guillem Soler; y el abogado y
miembro de la comisión de defensa del Colegio de Abogados de Barcelona (Icab),
Àlex Solà.
Inevitablemente, el debate ha versado sobre la última
noticia conocida este mismo sábado, la toma de control de los Mossos y de la
seguridad en Catalunya por parte de Interior. Salvo Soler, los ponientes ha
coincidido en cuestionar el nuevo movimiento de Interior. "No hay ningún
ordenamiento jurídico que justifique cambiar el mando de los Mossos", ha
valorado Calvet, que ha tildado de "kafkiana" la denuncia por
sedición presentada por la Fiscalía este viernes.
Martín-Pallín ha considerado que para llevar una medida tan
"excepcional" sobre los Mossos se tendría que haber aplicado de forma
correcta el artículo 155 de la Constitución. "Pero como todo en este país,
el 155 lo hemos copiado mal de otros países", ha añadido, y ha recordado
que el nuevo "coordinador" de los Mossos es un Guardia Civil hermano
del expresidente del Tribunal Constitucional.
Por su lado, Solà ha definido como "anómalo" que
la orden sobre los Mossos provenga del fiscal superior de Catalunya, ya que ha
considerado que la Fiscalía "no pinta nada" en la coordinación de los
cuerpos policiales.
A lo largo de una hora y media de debate, salvo Soler, el
resto de juristas han coincidido en que el derecho penal no tendría que haber
sido la respuesta al referéndum y a la cuestión catalana, y también en que el
Gobierno del PP y los poderes del Estado están aplicando medidas propias del
estado de excepción, como el control de los Mossos, sin haberse declarado
formalmente en las Cortes.
Sí ha habido unanimidad total en un aspecto: el adjetivo
para definir el referéndum, a día de hoy, no puede ser "ilegal", ya
que solo se encuentra suspendido por el Tribunal Constitucional, que debe
todavía hacer un examen de su adecuación a la carta magna.
Solà ha hecho hincapié en que la vulneración de derechos
colectivos e individuales propia del estado de excepción, como la requisa de
carteles o la prohibición de actos en Madrid o Gijón, se está produciendo sin
que se haya declarado en las Cortes, y, por lo tanto, sin las garantías temporales
y de contenido que ello supone.
También Martín Pallín ha resaltado que se aplican medidas
propias del estado de excepción "sin acuerdo parlamentario, pero sí con un
acuerdo soterrado de PP, C's y, de momento y lamentablemente, no con una
oposición firme del PSOE".
Por su lado, el magistrado Guillem Soler, miembro de Jueces
para la Democracia, aunque ha asistitdo y participado en el acto a título
personal, ha querido recordar que en un estado de derecho "la ilegalidad
en abstracto no existe", sino que tiene que referirse a un ámbito del
derecho concreto -civil, penal, administrativo- y tiene que determinar qué
persona responde de una actuación concreta.
Más allá de la respuesta del Estado al referéndum, para la
catedrática de derecho constitucional de la Universitat de Barcelona Mercè
Barceló, el artículo 92 de la constitución permitiría celebrar un referéndum en
Catalunya si hubiera voluntad política de todas las partes. El motivo es que la
Constitución “es democrática y por eso recoge el principio de no dominación, de
respeto de las mayorías para las minorías”.
Sin embargo, a su juicio, si a la práctica no se ha usado el
artículo 92 para celebrar una consulta es porque hacerlo hubiera significado
“reconocer la existencia como sujeto político” de Catalunya, algo que, ha
recordado, el Constitucional “intentó liquidar” con su sentencia sobre el
Estatut.
El cuarto teniente de alcaldía de Barcelona, Jaume Asens
(BComú), ha sido el encargado de abrir el acto. Asens, que además de concejal
es abogado penalista, ha considerado que el control sobre los Mossos, las
detenciones de cargos del Govern o las citaciones de la Fiscalía a más de 700
alcaldes se enmarcan en un "contexto de suspensión de derechos y en lo que
parece ser una causa general donde el derecho penal está yendo más allá del
Estado de Derecho".
http://www.eldiario.es/catalunya/politica/Juristas-cuestionan_0_689781376.html.
y ver
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http://ctxt.es/es/20170920/Politica/15132/Proces-guillem-XXIII-ctxt.htm
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