jueves, 13 de septiembre de 2018

El ABC y la tesis de Pedro Sánchez.


   Qué hay de cierto en las seis acusaciones de plagio del diario ABC sobre la tesis de Pedro Sánchez

El diario .es ( no tiene autor)
El diario de Vocento acusa a Pedro Sánchez de plagiar textos sin aclarar que la procedencia de las fuentes está explicitada en notas a pie de página y en la bibliografía que acompaña el trabajo

Según los expertos consultados por eldiario.es, ninguno de los seis ejemplos planteados justifican una acusación de plagio

Solo en el primero de los casos señalados por la publicación se advierte el error de no usar comillas y aclarar en la bibliografía una referencia que debería ir también en una nota al pie de página



La información publicada este jueves por el diario ABC bajo el título "Pedro Sánchez plagió su tesis doctoral" no se sostiene con las pruebas ofrecidas por ese rotativo, según expertos consultados por eldiario.es que han analizado los párrafos del trabajo universitario y las irregularidades que señala el periódico de Vocento.  

Esta redacción ha podido acceder a la tesis del presidente para cotejar las seis principales acusaciones realizadas por el rotativo. El resultado de la comprobación arroja la conclusión de que donde ABC ve evidencias de plagio, los expertos consultados observan el normal desarrollo de citas y referencias externas, muy comunes en este tipo de trabajos. Solo en uno de los casos se advierte que el autor de la tesis evita el uso de comillas y deja para la bibliografía la aclaración de las fuentes que nutren su trabajo universitario.

Según fuentes de Moncloa, la información periodística del periódico que dirige Bieito Rubido "está plagada de falsedades, inexactitudes y errores intencionados". Por el momento, el presidente mantiene su amenaza de demandar al ABC si no se rectifica la información.

"Plagio" de un artículo de Cerviño y Rivera

El diario de Vocento sostenía en su edición del jueves que el presidente del Gobierno se apropió de un artículo redactado en 2007 por Julio Cerviño y Jaime Rivera. ABC ilustra su afirmación con un amplio subrayado del texto supuestamente robado por Sánchez en 2012, cuando redactó su tesis. De todo ese destacado en amarillo solo dos frases coinciden entre el texto del supuesto plagiador y sus víctimas. En el apartado de bibliografía (página 328) Sánchez refleja el artículo en cuestión como una de las fuentes de su trabajo universitario.

Según los expertos consultados por esta redacción, Sánchez comete el error de dejar para el apartado de bibliografía la referencia a la fuente utilizada. "La cita debería estar a pie de página y en la parte textual con comillas", aseguran las mismas fuentes. Se trata de un error de cita y no de un plagio, según los expertos consultados.

La cita trampa

Marcela Iglesias y David Molina son las víctimas de lo que ABC califica como "cita trampa". Ambos autores redactaron en 2008 un artículo titulado La estrategia marca país en la sociedad informacional. Según la información, Sánchez dice en su tesis que "para un análisis detallado" se podía consultar el citado artículo, pero en su texto lo usa sin dejar claro qué párrafo es de su autoría y cuál de los autores antes mencionados.

Contra el criterio de ABC, en este punto concreto, la referencia de Pedro Sánchez a la procedencia externa del texto es doble: cita a pie de página e inclusión posterior en la bibliografía. La fórmula que se usa en este caso "es aceptable y considerada válida", según el análisis de los expertos.

"Plagio" a un economista que trabajó para Zapatero

ABC escribe que en el capítulo 2 de su tesis Sánchez plagia al economista Antonio García Rebollar y copia la definición de diplomacia económica que este excolaborador del expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero realizó en un texto de 2010. El rotativo obvia la nota al pie que figura en la misma página en la que creen ver otra prueba del plagio.

En esa nota, con la numeración 53, Sánchez escribió: "Utilizaremos las definiciones de cada uno de los términos traducidos en el trabajo de Rebollar G. (2010) Notas sobre la diplomacia económica, Boletín Económico del ICE, Nº3000. Madrid". Además de esa nota a pie de página, el doctorando Pedro Sánchez incluyó la cita en el apartado de bibliografía. Según los expertos consultados, en este caso no hay el más mínimo error y la manera de citar los textos ajenos "es totalmente correcta".

Pedro Sánchez "plagia" a Pedro Sánchez

ABC también acusa a Sánchez de haberse plagiado a sí mismo, al usar textos de artículos anteriores, redactados por él mismo, "para que su tesis fuera más voluminosa". El rotativo recrimina al presidente no haber entrecomillado esos textos ni aclarar que eran de su propia autoría.

En el mundo académico, los expertos señalan que la utilización de material propio es normal y en ningún caso puede considerarse plagio, aunque   recomiendan citarse aunque sea a uno mismo. El entorno del presidente califica como "absurda" esta acusación.

"Fusilando" informes oficiales

La información que defiende la teoría del plagio también apoya sus argumentos en la utilización que Pedro Sánchez hace de informes oficiales. ABC se refiere al uso de un plan "Made in/Made by" que el Ministerio de Industria presentó en 2008. Sánchez no oculta la procedencia del texto y en la cita 408 se refiere expresamente al acta de la comparecencia con la que el por entonces ministro Miguel Sebastián presentó ese plan ante el Congreso.

Citar documentos oficiales, Boletines Oficiales o informes públicos elaborado por organismos, aunque tengan una firma, no se puede considerar plagio, según fuentes universitarias Es recomendable citar siempre, pero si no se cita no se trataría de una apropiación. Lo mismo que con gráficos o datos extraídos de informes.

Copiando y pegando el BOE

La información que denuncia el plagio también acusa a Sánchez de redactar "innumerables páginas" donde se relatan normativas e iniciativas políticas. Los expertos señalan que el uso de referencias normativas es "común" en trabajos que analizan las acciones del Gobierno en ámbitos determinados. En todos los casos de la tesis, las citas de leyes van acompañadas de nota a pie de página y forman parte de la bibliografía de 17 páginas con la que se cierra el trabajo que convirtió al presidente en doctor universitario.

Moncloa aclara que la tesis del presidente "incluye 57 cuadros y 18 gráficos, citándose en todos los casos la fuente de los datos que se exponen y aquellos que son de elaboración propia".

Además de las comprobaciones que el equipo de Presidencia ha realizado por su cuenta, eldiario.es ha cotejado por sus medios cada uno de los argumentos de defensa esgrimidos por el Gobierno. Para ello, esta redacción ha accedido a la tesis de Pedro Sánchez por un tiempo limitado y sin posibilidad de realizar fotos. La tesis estará en su totalidad abierta a consulta a partir de este viernes a través de la plataforma TESEO en Internet.

 https://www.eldiario.es/politica/cierto-acusaciones-ABC-Pedro-Sanchez_0_814019573.html

 Nota  .- CADENA SER:La tesis doctoral del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha superado los análisis antiplagio de dos portales dedicados a detectar esa posibilidad y tras los que se ha determinado el contenido original del trabajo.
• La universidad confirma la "normalidad del proceso" en la tesis de Sánchez
El Gobierno ha hecho público los resultados de esa tesis en Turnitin y Plagscan, dos de los "softwares" que asegura que son de los más reconocidos para detectar la posibilidad de plagio de un texto tanto en el ámbito nacional como internacional. La tesis ha pasado ampliamente el escrutinio con un 13% y un 0,96% de coincidencias. Cuando se supera el 20% de coincidencias se coteja más detalladamente, según ha explicado el politólogo Pablo Simón, en Hoy por Hoy.


 El análisis posterior de diario.es, es  demoledor para la brunete mediática 

La tesis doctoral de Sánchez.



La Tesis Doctoral de Sánchez es pública, y ya fue examinada por economistas de prestigio hace unos años. El periódico lamarea.com ya publicó una detallada información. Extraña enormemente que cabeceras como ABC y otras de la caverna mediática traten de ensuciar   al Presidente de Gobierno , con objeto de encubrir al  que tardó seis años en terminar dos cursos de Derecho y el resto lo concluyó en tres meses, y luego le regalaron un máster y asistió a unos cursos de prestigiosas universidades del Reino Unido pero... desplazándose solamente a un pueblo de la sierra madrileña.


 ¿Porqué colaboran los medios con la  derecha populista de Rivera? . ¿ Será la momia de franco con  el ibex 35 otra vez  tan amigo de Rivera?. Lo cierto es que no  me extraña que el cs este nervioso vean una encuesta http://cort.as/-A8j7











https://www.elespanol.com/reportajes/20180913/juan-padilla-hombre-orquesta-sanchez-sombras-doctorado/337467656_0.html  

Lo que queda claro, es que este país está colmado de ignorancia. Y que muy pocos han leído, y mucho menos escrito una tesis. Que unos diarios neoliberales, acusen en una portada de plagio a un presidente del gobierno es sumamente grave. Más cuando lo que evidencia no es plagio. Resulta que ahora enumerar y recapitular conceptos previos en la Introducción de una tesis, con sus correspondientes citas, es plagio? Entonces como debería el autor ejemplificar las investigaciones previas que fundamentan la hipótesis de su trabajo? El plagio, solo puede ocurrir en el apartado de Resultados, y de eso ABC no ha demostrado nada. Este país está fuera de control. El fanatismo ha vuelto a la gente completamente ciega. Empieza a dar miedo.

 En nota posterior  leo  ..  La Universidad Camilo José Cela ha confirmado la "normalidad" en el proceso de evaluación de la tesis de Pedro Sánchez tras realizar una revisión, según ha puesto de manifiesto en un comunicado.

"La Universidad Camilo José Cela ha revisado el proceso de evaluación, interno y externo, de la tesis del doctor Pedro Sánchez-Castejón del año 2012, sobre toda la documentación existente en la Universidad, confirmando la normalidad del proceso, de acuerdo a la normativa vigente y a los protocolos de verificación y control habituales en el ámbito universitario", señala.  que yo citaba EL Español  en enlace  de arriba y es de AGENCIAS en El Público..

martes, 11 de septiembre de 2018

El sainete judicial sobre el 1-O .


El aparato judicial heredero del franquismo se quita la careta


Con las grabaciones del ministro Fernández Díaz se puso en marcha el mecanismo de tapadera judicial de los abusos ejecutivos. Tras el 1-O muchos jueces y fiscales entraron en campaña contra los políticos independentistas.

   
CARLOS ENRIQUE BAYO

9 SEPTIEMBRE, 2018


Las cloacas de Interior han protagonizado durante años las acciones más tenebrosas de la Operación Catalunya para neutralizara políticos,  partidos y activistas del soberanismo catalán, pero desde el 1-O han entrado abiertamente en liza –para reforzar esa ofensiva contra las libertades civiles– jueces y fiscales herederos del aparato judicial represivo del franquismo que pervivió tras el fin de la dictadura sin que se sometiera a ningún proceso de transición democrática ni, mucho menos, de rendición de cuentas y reparación de los procesos injustos y las sentencias arbitrarias del régimen fascista.

Hasta ese momento (el 1-O), la Judicatura se había limitado a hacer la vista gorda frente a los abusos de poder de la brigada política creada en la cúpula policial por el ministro del Interior Jorge Fernández Díaz, como reveló Público al difundir las grabaciones en su despacho oficial que demostraban que empleó fondos y recursos públicos, así como a funcionarios del Estado, para fabricar investigaciones fraudulentas contra sus adversarios políticos, entre 2012 y 2017, tal como dictaminó la comisión de investigación del Congreso de los Diputados creada al efecto. Idéntica conclusión que la que alcanzó la comisión del Parlament de Catalunya.

Mientras el ministro acusaba y amenazaba a los periodistas autores de la exclusiva –y prometía una investigación interna que jamás se llevó a cabo–, Público facilitó las grabaciones íntegras a la Fiscalía General del Estado y el mecanismo de tapadera judicial de los abusos ejecutivos se puso en marcha: la fiscal general Consuelo Madrigal se desentendió de un caso que afectaba  al mismo núcleo de la seguridad del Estado y repartió la causa a las fiscalías de Madrid y de Barcelona, y a la del Supremo porque Fernández Díaz estaba aforado. Y el fiscal jefe del Supremo, Antolín Herrero, desestimó la querella interpuesta por Xavier Trías y CDC alegando que “intercambiar información” estaba dentro de las “competencias” de ambos altos cargos implicados.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo también rechazó admitir la querella, alegando que estaba basada “sólo en medios de comunicación” (las exclusivas de Público) y asegurando que no era posible determinar si las grabaciones habían sido “editadas, alteradas o manipuladas”, pese a tenerlas en su poder. El magistrado que redactó el auto, Andrés Martínez Arrieta, ni siquiera encargó un informe pericial de los audios, cuya autenticidad había sido admitida por el propio ministro. Un año más tarde, Fernández Díaz sólo alegó ante la comisión del Congreso que lo que claramente se escuchaba en su boca como “… el fiscal te lo afina”, correspondía en realidad a “… el fiscal te lo… ah… en fin… ah”.


Así que la Justicia española dio carpetazo al mayor escándalo de seguridad nacional y abuso de poder ejecutivo de la democracia, sin analizar a fondo las grabaciones ni dilucidar quién grabó esas conversaciones o cómo se filtraron.  Se trataba de tapar las actividades de las cloacas de Interior, y ningún magistrado abrió diligencias en defensa de las libertades y derechos políticos de la ciudadanía, frente a unas grabaciones que dieron la vuelta al mundo y en las que se hablaba abiertamente de investigaciones prospectivas ilegales con móvil político, de montajes policiales, de manipulación de pruebas y filtraciones para su publicación, de dosieres falsos contra personalidades relevantes… todo ello dirigido por el propio ministro del Interior.

En cambio, tras esa clamorosa dejación de responsabilidad judicial, jueces y fiscales se han dedicado a perseguir con gran entusiasmo a humoristas, raperos y tuiteros de toda índole (salvo los franquistas) por ejercer su derecho a la libertad de expresión. Y el frenesí represor de nuestros supuestos guardianes de los derechos y libertades de todos los ciudadanos se desencadenó con toda su crudeza en cuanto quedó claro que millones de catalanes estaban dispuestos a afrontar prohibiciones, sanciones, duras penas y hasta violencia policial en su empeño por efectuar algo tan antidemocrático como depositar votos en urnas.


En su informe anual 2017/18, Amnistía Internacional denuncia que “algunas autoridades restringieron de manera desproporcionada el derecho a la libertad de expresión y de reunión pacífica tras la decisión de suspender cautelarmente la ley del referéndum catalán adoptada por el Tribunal Constitucional el 7 de septiembre. En Madrid y Vitoria (País Vasco), los tribunales prohibieron dos reuniones públicas de apoyo al referéndum. El ayuntamiento de Castelldefels (Catalunya) dictó una prohibición general del uso de los espacios públicos para celebrar reuniones a favor o en contra del referéndum”…

Aunque el auténtico paroxismo represor se desató en cuanto se constató el fracaso de los esfuerzos ejecutivos y judiciales para impedir que se celebrase el 1-O, a pesar de que ese día se desplegó contra la población civil catalana “una operación de estilo militar orquestada de forma centralizada y cuidadosamente planificada”, tal como expusieron en su Informe Preliminar los 17 observadores internacionales acreditados del Election Expert Research Team que encabezó Helena Catt, directora ejecutiva de la Comisión Electoral de Nueva Zelanda. “Nos dejó anonadados que mandos policiales armados y enmascarados entrasen en los colegios electorales con el objetivo de impedir un proceso democrático pacífico”, subrayaron los expertos ingleses, canadienses, irlandeses y neozelandeses, que han efectuado más de 300 misiones de verificación en todo el mundo.

El escándalo internacional consiguiente obligó al Ejecutivo a suspender esa tarde las cargas policiales.(1) Del malestar policial interno por la imprevisión e ineficacia del mando único que encargó el Gobierno al coronel Diego Pérez de los Cobos se pasó a la campaña judicial más desaforada. A primeros de noviembre, en Público ya hicimos el primer análisis jurídico extenso sobre la querella del entonces fiscal general del Estado, José Manuel Maza, contra los cesados miembros del Govern de la Generalitat y de la Mesa del Parlament, que condujo a prisión al exvicepresident Oriol Junqueras y a ocho exconsellers, poniendo de manifiesto los 10 ‘agujeros negros’ de la Justicia española en esa causa y vaticinando que sería tumbada por los tribunales europeos, como así fue meses después.

La precipitación de la actuación del fiscal general y de la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, en pleno arranque del proceso electoral hacia el 21-D, arrebatando las competencias al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), alterando los ritmos judiciales y vulnerando derechos fundamentales y de defensa de los imputados, al enviarlos a prisión sin ser de su competencia, demostró desde el primer momento de la causa anti-independentistas que la Justicia se movía con claras motivaciones políticas e ideológicas. Entre otras muchas cosas, Maza se aferró a un razonamiento capcioso para que Carme Forcadell y los miembros de la Mesa del Parlament de Catalunya fueran enjuiciados por el Supremo, cuando sólo podía procesarlos el TSJC al pertenecer a la Diputación Permanente de la Cámara y seguir siendo aforados: los artículos 56 y 57 del Estatut de Autonomia dicen que el TSJC tiene atribuciones exclusivas sobre los aforados para los delitos cometidos en Catalunya, pero que si se trata de un delito cometido fuera de la comunidad autónoma es competente el Supremo.

Así que Maza adujo que el delito que se atribuyó a Forcadell y a la Mesa del Parlament se había cometido fuera de Catalunya… porque puede tener efectos en todo el Estado. Razonamiento que constituye “una construcción jurídica aberrante”, según los juristas consultados por Público. Otro de los jueces que demostraron criterios partidistas fue el titular del Juzgado de Instrucción Nº13 de Barcelona, Juan Antonio Ramírez Sunyer, quien estuvo más de nueve meses tramitando en secreto la denuncia del partido ultraderechista VOX contra el juez Santi Vidal por haber dicho que tenía los datos fiscales de los catalanes. Sunyer ordenó 14 detenciones, una docena de registros e innumerables escuchas telefónicas de dirigentes independentistas, como los dos ‘Jordis’ (Sánchez y Cuixart, de la ANC y Ómnium) o incluso de consellers.

Además, la jueza Lamela le solicitó muchas de esas grabaciones, bajo secreto de sumario, pero no pidió también los autos de Sunyer que deben justificar esa vulneración del derecho fundamental del secreto de las comunicaciones privadas. El contenido de esas comunicaciones ha sido, por tanto, empleado para acusar a los imputados, sin que se haya verificado si los atestados de Sunyer avalan con la suficiente motivación jurídica esa vulneración de un derecho fundamental.

Tras tan severa y sesgada instrucción, Lamela –quien dictó prisión provisional sin fianza para los ‘Jordis’ por una insostenible imputación de sedición en las protestas del 20-S– fue recompensada con su ascenso a magistrada de la Sala Segunda del Supremo. Por su parte, el juez de esa misma sala del Supremo Pablo Llarena ha provocado un ridículo judicial de España en Europa, al dictar eurórdenes de detención contra Carles Puigdemont y los otros políticos independentistas exiliados; retirarlas poco después al ver que tenían pocos visos de ser admitidas por los jueces belgas; y volver a emitir la del expresident cuando fue retenido en Alemania… sólo para ver cómo el tribunal superior de Schlewig-Holstein declaraba “inadmisible” su extradición por “rebelión” y sólo accedía a que fuera juzgado por malversación, dejándolo en libertad al no aceptar el juez español el criterio de la Justicia alemana.


El empecinamiento de Llarena en imputar “rebelión” a cargos electos que Tomaban decisiones apoyadas por una mayoría absoluta del Parlament de Catalunya no sólo ha sido desautorizado de plano por los jueces europeos sino que coincide con las proclamas del PP y de Ciudadanos de que el procès y la declaración parlamentaria de independencia fueron “un golpe de Estado”. Exageraciones populistas que ningún jurista avala.

Llarena ha instruido la causa fiándose a pies juntillas de los informes firmados por el teniente coronel de la Guardia Civil Daniel Baena, jefe de la Policial Judicial de Catalunya que se escondía bajo el pseudónimo Tácito en Twitter, como desveló Público. Desde esa identidad oculta, Baena ha lanzado duras acusaciones contra los mismos políticos a los que investiga y hasta ha predicho lo que iba a ocurrir en el procedimiento poco antes de que ocurriese, como sucedió con la acusación de sedición.

Y esos informes del más que parcial Baena llevaron al juez Llarena a enfrentarse con el ministro de Hacienda del PP, Cristóbal Montoro, pidiéndole explicaciones por declarar que no se había empleado ni un solo euro de fondos públicos en el referéndum del 1-O. Aunque lo más grave es que en el breve informe que el teniente coronel Baena envió al magistrado imputando malversación no se mencionaba que la Intervención General de Hacienda bloqueó desde julio de 2017 las partidas presupuestarias de la Generalitat (cuyas cuentas han estado intervenidas por el Gobierno central desde noviembre de 2015) para el programa 132 –“Organización, gestión y seguimiento de procesos electorales”–, lo que impidió efectivamente el uso de los recursos públicos para dichos fines.

Es decir, la Guardia Civil ocultó al juez Llarena los certificados de Hacienda que demuestran que no se gastó dinero público en el referéndum, y el magistrado sólo se basó en los informes de Baena para dictar las euroórdenes de detención, sin solicitar esa información por vía oficial. “Lo normal –dicen las fuentes jurídicas consultadas por Público– es que el juez hubiera solicitado a la Intervención General de la Generalitat o al Ministerio de Hacienda información acerca de las cuentas de la Generalitat, pero no es comprensible jurídicamente que le pida explicaciones al ministro de Hacienda por unas declaraciones en prensa cuando él sabe perfectamente quiénes hacen funciones de peritos en un proceso y qué documentos son pruebas y cuáles no”.

El último capítulo de este sainete judicial ha sido la petición de amparo cursada por Llarena (fuera de plazo) para que el Estado pague con fondos públicos su defensa en Bélgica frente a una querella presentada por Puigdemont por unas declaraciones que hizo a título particular. El escándalo organizado por los que claman que está en juego “la inmunidad y la soberanía del sistema judicial español” no toma en cuenta que pueden ser las actuaciones de fiscales y jueces como Llarena las que desprestigien y desautoricen a la Justicia de España en el mundo. Más aún cuando la Fiscalía proclama una y otra vez su total coincidencia con los postulados de los letrados del partido ultraderechista VOX, que a su vez se ha querellado contra el magistrado del Tribunal de Primera Instancia Francófono de Bruselas que citó a declarar a Llarena, acusando a ese juez belga de “rebelión” o alternativamente de “sedición” y “contra la paz e independencia del Estado español”, un sinsentido jurídico.

La Fiscalía y la Judicatura ya no quieren acelerar la instrucción de la causa del 1-O para celebrar enseguida el juicio oral, ante la perspectiva de que la vista se convierta en un sonoro fiasco judicial de España bajo la mirada de los países democráticos de nuestro entorno. Porque a todo lo dicho hasta ahora habrá que agregar las pruebas de que el coronel Pérez de los Cobos –ascendido después de su nefasta coordinación interpolicial– fue más pasivo e ineficaz que el mayor de los Mossos Josep Lluís Trapero al que se acusa de inacción y se le imputa dirigir una “organización criminal”, cuando los Mossos d’Esquadra actuaron en perfecto cumplimiento del auto del TSJC que les obligaba a “preservar la convivencia y no causar un daño mayor al que se pretende evitar”.


Pero también hay jueces –y fiscales– que instruyen sobre la crisis de Catalunya con fundamentos jurídicos y constitucionales, sin sesgos políticos ni patrióticos. Como el titular del Juzgado de Instrucción Nº 7 de Barcelona, Francisco Miralles, que investiga las cargas policiales del 1-O y que citó a declarar al subinspector que estaba al mando del dispositivo policial que intervino en la escuela Mediterrània y a un agente antidisturbios al que en los vídeos “se le puede ver en estado de agitación, golpeando con su defensa en la cara a personas ya desalojadas, patear a una persona que está en el suelo intentando levantarse y golpear en la cara a la persona que va en su ayuda”.

El magistrado destaca la presencia de personas de edad avanzada, entre ellas un hombre de 82 años, y de otras que requirieron tratamiento médico, y constata que “si bien corresponde al Estado el monopolio del uso de la fuerza, la cual se ejerce mediante los cuerpos y fuerzas de seguridad, este uso de la fuerza es legítimo siempre y cuando exista una justificación para ello y se realice con la debida proporcionalidad”. Este juez ha tenido que sobreseer 20 denuncias presentadas por heridos del 1-O ante la imposibilidad de identificar a los agentes que intervinieron, pero se ha enfrentado con el fiscal, manifestando su “discrepancia total” con la tesis de la Fiscalía de que la actuación policial fue proporcionada, al constatar que se afectó “la normal convivencia ciudadana” en violación de las órdenes del TSJC e instando al fiscal a “no minimizar la gravedad” de las cargas de los antidisturbios contra ciudadanos pacíficos.

El magistrado expone un hecho jurídico incontestable: como el referéndum había sido invalidado por el Tribunal Constitucional, la actividad que acometieron millones de catalanes el 1-O no tenía ningún valor jurídico real. Es decir, en términos judiciales no se trataba de una votación de ningún tipo, ya que no era reconocida como tal por la Administración de Justicia, y por tanto sólo era una movilización ciudadana sin efectos legales ni consecuencia alguna, que no podía ser constitutiva de delito.

En consecuencia, no existía motivo ni justificación para que las fuerzas policiales empleasen la violencia para impedirla. Como expuso el juez Miralles, “no es ilegal ni ilícito” que la ciudadanía acudiese en masa a colegios y otros centros de votación “a reunirse o a realizar cualquier actividad que allí se hubiera programado, incluido depositar un papel sin valor legal alguno en una urna”. Por tanto, ¿quién delinquió el 1-O? ¿Los que convocaron a los catalanes a mostrar su voluntad de expresarse en las urnas o los que dieron las órdenes para que las fuerzas de seguridad actuasen violentamente contra los ciudadanos para impedirlo?


 Nota del blog .- (1)   Bueno corre la historia que hubo llamadas de Bruselas al salir las cargas en todas la televisiones europeas y mundiales y que incluso la Merkel llamando y diciéndoles  "no es eso , no es eso ,   no queremos eso  en la UE " .  Y menudo cabreo de Lesmes  el jefe REAL del poder judicial   , España no debe ser  Europa. Y  4 tribunales de estados europeos se equivocan, somos diferentes aun, como decía Fraga,  ¿y soberanos totales...??? Es como si no estuviéramos en  la UE. Hacen como si no se enteraran dónde  estamos, defendiendo su cortijo. Los presos no estarían en la cárcel sino se aplicara la justicia como venganza, eso además les  da fuerza de movilización impresionante a  los  nacionalistas  catalanes , como  se ve ayer y hoy de nuevo , si hubieran dejado libre  a Junqueras y hubiera sido  el presidente seria más posible  el dialogo ..y  no es lo mismo que sea  Torras nombrado por Puigdemont que esta libre fuera. A la larga la única solución es el referéndum,  El dar palos de ciego, no va ningún lado ya se ve. Sólo cabe explicar la toma de posición del Tribunal Supremo por una mezcla de corporativismo, soberbia y orgullo nacional herido.


“Llaman violento al río cuando baja corriendo, arrebatado, pero ninguno dice que es violento el cauce que lo encierra”. 


Bertolt Brecht


domingo, 9 de septiembre de 2018

No todos somos iguales ante la ley.



La verdad a medias de la monarquía parlamentaria

Argumentar que, puesto que la Constitución de 1978 fue sometida a referéndum y en ella figuraba la Monarquía definida como parlamentaria, la Monarquía ya se ha sometido a referéndum, es una parte de esa verdad a medias en que nos hemos instalado

Javier Pérez Royo

“La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria”, dice lapidariamente el artículo 1.3 de la Constitución. No debería, en consecuencia, poderse poner en cuestión que es así.

Y sin embargo, nos enteramos, por ejemplo, en información de eldiario.es publicada el pasado miércoles, que la amante del Rey Juan Carlos, Corinna, acompañada del embajador de España en Arabia Saudí, se había reunido con uno de los príncipes de la Casa Real de aquel país, en representación del Rey de España, para entablar negociaciones de naturaleza económica, en las que no queda claro dónde empiezan y acaban los intereses del Rey y los intereses del país.

Esto no es que sea imposible, sino que es inimaginable en una Monarquía Parlamentaria. Una reunión del amante de la Reina de Inglaterra o de la amante del Rey de Bélgica, acompañados del embajador correspondiente, con un príncipe saudí para hablar de negocios en representación de cualquiera de ambos monarcas, no es posible ni en una obra de ficción, porque carecería de la verosimilitud mínima para que pudiera ser efectiva.

La relevancia de la información publicada en eldiario.es, así como las informaciones que van apareciendo en este y otros medios de comunicación sobre las andanzas del Rey Juan Carlos I y Corinna, no es tanto de naturaleza penal como constitucional. Se podrá discutir si las conductas que figuran reflejadas en esas informaciones son constitutivas o no de delito y, si en el caso de que lo fueran, estarían o no protegidas por el principio de inviolabilidad del monarca, pero lo que no se puede discutir es que constitucionalmente son inaceptables, que son incompatibles con el artículo 1.3 de la Constitución.

Las conductas de las que estas publicaciones nos informan, que se refieren temporalmente a los últimos años de la ejecutoria del Rey Juan Carlos I, pero que nadie duda de que son conductas que se han venido sucediendo a lo largo de toda ella, se aproximan a la conducta de su abuelo Alfonso XIII y, en cierta medida, a la de su tatarabuela Isabel II. Son episodios propios de una Monarquía Constitucional, pero predemocrática, y no de una Monarquía parlamentaria.

Obviamente estos episodios no han sido la norma de la conducta del Rey Juan Carlos I. La Monarquía definida como “parlamentaria” en la Constitución de 1978, no es la Monarquía definida como “española” en las Constituciones de 1845 y 1876. Con la Constitución de 1978 la Monarquía ha convivido con el principio de legitimación democrática formulado en el artículo 1.2 CE. Y con un principio de legitimación democrática que ha operado como principio dominante en el sistema político. Desde esta perspectiva, la diferencia entre la Monarquía “parlamentaria” del 78 y la Monarquía “española” del 45 y del 76 es una diferencia real, no cosmética.

Por eso hablo de “verdad a medias”. En mi opinión, no cabe duda de que los elementos propios de la Monarquía parlamentaria han estado presentes durante el reinado del Rey Juan Carlos I. No cabe duda de que han estado, además, de manera dominante. Pero no de manera exclusiva y excluyente. No se ha producido la negación del principio monárquico como un principio de legitimidad, que es lo que ha ocurrido en todas las Monarquías parlamentarias sin excepción.

El Estado Constitucional democrático es compatible con una magistratura de carácter hereditario en la Jefatura del Estado. No es compatible con un principio de legitimidad monárquico que haga competencia de manera subrepticia al principio de legitimidad democrático. Esto es lo decisivo. La Democracia como forma política no puede tolerar la existencia de algún principio de legitimidad alternativo al principio democrático.

Esto es lo que no ha ocurrido nunca en la historia de España, con la excepción, obviamente, de la Segunda República. Jamás se ha extendido el poder constituyente del pueblo español a la institución monárquica. De una manera inequívoca en la Primera Restauración. Y de una manera “encubierta”, pero también inequívoca en la Segunda.  La Monarquía siempre ha sido previa e indisponible para el poder constituyente del pueblo español. En la Primera Restauración el Título de la Monarquía de la Constitución no se sometió siquiera a la discusión de las Cortes Constituyentes de 1876. En la Segunda no se llegó a tanto, pero el Rey Juan Carlos I, que había jurado lealtad a las Leyes Fundamentales del Régimen del general Franco, no juró nunca lealtad a la Constitución de 1978. No es ella la que me ha traído a mí, sino que soy yo el que la ha traído a ella. Con esta ambigüedad se ha organizado política y jurídicamente la democracia española.

En España tuvimos una Primera Restauración acompañada de una fórmula constitucional liberal, predemocrática, que se podía en cierta medida homologar con lo que ocurría en el constitucionalismo europeo anterior a la Primera Guerra Mundial, pero que no podía serlo después de la Gran Guerra. Su incapacidad para transitar de la Monarquía Constitucional a la Monarquía Parlamentaria la condenó de manera inexorable. De ahí que, aunque la Monarquía no desapareciera hasta 1931, desde 1917 no hizo más que vivir en un estado de agonía. Hemos tenido una Segunda Restauración acompañada de una fórmula constitucional democrática, que se puede homologar con lo que ocurre en el constitucionalismo europeo posterior a la Segunda Guerra Mundial, pero contaminada por restos del pasado, que vienen en parte de la vieja “Monarquía Española” y en parte de las Leyes Fundamentales del Régimen anterior. Los efectos de dicha contaminación han sido tolerables durante los primeros cuarenta años de vigencia de la Constitución, pero ha dejado de serlo.

Sin un referéndum sobre la Monarquía no es posible salir de la situación a la que hemos llegado. Una democracia no puede operar con ambigüedades sobre el principio de legitimidad en el que descansa su sistema político. Las dudas tienen que ser despejadas y solamente hay una forma de hacerlo. Argumentar que, puesto que la Constitución de 1978 fue sometida a referéndum y en ella figuraba la Monarquía definida como parlamentaria, la Monarquía ya se ha sometido a referéndum, es una parte de esa verdad a medias en que nos hemos instalado.

Cuanto más tiempo se tarde en entenderlo, peor.


 NOTA  .. Decía   Monedero en un entrevista algo que le doy la razón  , ( que no se la doy siempre)
."-Esto se agrava cuando Felipe VI, que es más conservador que su padre, decide apoyar al partido más corrupto de la historia de España en vez de solventar el problema catalán. Cuando Felipe VI da un balón de oxígeno al PP del 155 sin apenas entrar en los temas de corrupción, sin ayudar a sanear la política española, es él quien se distancia del futuro de  España"!.  Pensemos además  que ahora les pagamos el sueldo a dos reyes y  su familia y eso si  hubiera República  solo cobraría el  Presidente , pero no su padre , su madre sus hermanas su mujer y sus hijas . 


sábado, 8 de septiembre de 2018

Corea .-Historia de la “guerra olvidada” .


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Masacre de Corea . Picasso.

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Ocupación y partición de la península de Corea

Historia de la “guerra olvidada”(1)



Red Flag


Traducido para Rebelión por Paco Muñoz de Bustillo


La Guerra de Corea, a la que con frecuencia se suele llamar “la guerra olvidada”, duró de 1950 a 1953 y goza del dudoso honor de ser el primer conflicto armado de la Guerra Fría. Se produjo a causa de la partición de la península coreana impuesta desde el exterior, una partición carente de legitimidad a ojos de la mayor parte de los coreanos.
Diversas estimaciones sitúan la cifra de muertos, heridos y desaparecidos en más de 4 millones de personas, incluidas 3,3 millones de coreanos (aproximadamente 1,3 millones en el sur y 2 millones en el norte).
El imperialismo de EE.UU. había intentado establecer acuerdos comerciales por la fuerza con la dinastía Joseon de Corea, mediante la diplomacia de las cañoneras, en 1871. Pero después de que Japón se anexionara la península de Corea en 1910, los sucesivos gobiernos estadounidenses mostraron poco interés por el país o por la suerte de sus habitantes.
Hasta 1943 EE.UU.no mostró ninguna inquietud por la “esclavización de los coreanos” por parte de Japón, prometiendo apoyarla para que se convirtiera en una nación libre e independiente “a su debido tiempo”. Este repentino interés no tenía nada que ver con contribuir a su independencia, sino con arrebatar a Japón el control de sus antiguas colonias para expandir su órbita imperial en Asia.
Cuando las tropas de la antigua URSS entraron en Corea los últimos días de la Segunda Guerra Mundial, un mes antes que las tropas estadounidenses, EE.UU. propuso la división de la península por el paralelo 38, supuestamente para supervisar la rendición de las fuerzas japonesas, mientras EE.UU. y la Unión Soviética facilitaban conjuntamente la “descolonización” a cada lado de esta frontera “temporal”. Sin embargo, la elección del paralelo 38 no fue casual.
https://redflag.org.au/sites/default/files/styles/article/public/field/image/North%20Korea.jpg?itok=Az_BHZvg

En un memorándum de 1950, publicado 17 días después del inicio de la guerra, el futuro secretario de Estado Dean Rusk explicó que se había elegido para “armonizar el deseo político de que el ejército estadounidense recibiera la rendición [de las tropas japonesas] tan al norte como fuera posible y la evidente dificultad de las tropas estadounidenses en alcanzar esa zona”.
En otras palabras, se escogió el paralelo 38 para facilitar que EE.UU. controlara el máximo territorio coreano posible.
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La ocupación militar de Corea por parte de EE.UU., que duró casi cuatro años, empezó formalmente el 8 de septiembre de 1945, cuando el general John Reed Hodge llegó al país. El historiador James Matray señala que Hodge, al igual que los soldados bajo su mando, “se mostraba arrogante y despectivo con todos los coreanos”.
Anticomunista furibundo, Hodge consideraba el territorio controlado por Estados Unidos como “zona enemiga” y estableció un régimen militar imperioso, despótico, explotador y represivo. Según Macray, para muchos coreanos, Hodge y su gobierno militar en Corea (USAMGIK, por U.S. Army Military Government in Korea) habían simplemente reemplazado al odiado gobernador general japonés por “una pirámide de poder asfixiante”.
Dos días antes de la llegada de Hodge, cientos de luchadores coreanos por la independencia que habían combatido al colonialismo japonés fundaron la República Popular de Corea (RPC). Entre los 55 seleccionados para formar el nuevo gobierno coreano estaban Kim Il-sung y Syngman Rhee, que posteriormente se convertirían en los dirigentes respectivos de la dividida Corea del Norte y del Sur.
U.S. Gen. John Reed Hodge (left) speaks at the founding ceremony of the Republic of Korea
 El general John R. Hodge (izda) en la ceremonia fundacional de la República Popular de Corea
La RPC no se definía como comunista pero hizo un llamamiento para acometer reformas radicales. El mismo día que Hodge llegó a Corea, el periódico nacional publicó un artículo en el que exhortaba a llevar adelante “una revolución social que suponga una segunda liberación”. Entre sus objetivos estaban la completa emancipación de la mujer, la jornada laboral de ocho horas y un salario mínimo, la redistribución de la tierra, la nacionalización de las grandes industrias y los grandes bancos, el control de los alquileres, la libertad de expresión, reunión y religión y la erradicación del analfabetismo. La República Popular de Corea se comprometía asimismo a cooperar con Estados Unidos, la URSS y todas las otras potencias.
Tanto la República Popular de Corea como los ideales que propugnaba gozaban de un apoyo general por parte de la población coreana. En su libro Unknown Uprisings (Rebeliones desconocidas), Georges Katsiaficas cita una encuesta realizada por EE.UU. a 8.500 coreanos en agosto de 1946, en la que el 70% de los entrevistados apoyaba el socialismo, el 7% apoyaba el comunismo, el 14% apoyaba el capitalismo y el 8% no se definía.
En las postrimerías de la Segunda Guerra Mundial, cuando Japón ya estaba de rodillas, los coreanos crearon cientos de grupos de base por todo el país, los llamados Comités Populares. En diciembre de 1945, ya había más de 2.500 actuando como gobiernos locales, distritales, comarcales, municipales y provinciales de facto. También se crearon más de 1.000 nuevos sindicatos. El Consejo Nacional de Sindicatos Coreanos se fundó en 1945 y representaba a más de medio millón de trabajadores al sur del paralelo 38.
No obstante, el USAMGIK se negó a trabajar con los comités populares de la RPC. En vez de eso prefirió contratar a empresarios y terratenientes derechistas, muchos de los cuales habían colaborado con los japoneses. Según el periodista John Gunther, Hodson y el gobierno militar instalaron en la administración a “un surtido abigarrado de expatriados, colaboracionistas, reaccionarios fascistas, asesinos profesionales e intelectuales confusos”.
El 12 de diciembre, solo tres meses después de su llegada a Corea, Hodge declaró ilegal a la RPC y a los Comités Populares, declarándolos “enemigos públicos”, y arrestó a sus líderes. Cuatro días más tarde prohibió las huelgas y el 18 de diciembre creó un nuevo cuerpo de policía, formado en un 80% por antiguos colaboradores de los japoneses.
Bajo la protección del USAMGIK, Syngman Rhee –el candidato escogido por EE.UU. para convertirse en dirigente permanente de la nueva Corea del Sur– utilizó a la nueva policía para aplastar por la fuerza a la izquierda. Las detenciones arbitrarias, extorsión, tortura y represión de las manifestaciones en la calle se convirtieron en moneda común.
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En respuesta a la represión organizada por Rhee y el gobierno miliar estadounidense, medio millón de coreanos se lanzaron a las calles de Seúl el 1 de marzo de 1946. Siete meses después, los coreanos se levantaron contra la ocupación militar colonial estadounidense, empezando por los trabajadores ferroviarios, que llamaron a una huelga general en la ciudad de Busan. La huelga pronto se extendió a Daegu y otras regiones.
En palabras del periodista Mark Gayn, “fue una revolución a gran escala, que debe haber movilizado a cientos de miles, si no a millones de personas”. Los militares estadounidenses declararon la ley marcial y abrieron fuego contra los manifestantes, matando a más de 1.000 (algunos informes aumentan esta cifra nada menos que hasta 7.000) e hiriendo a más de 20.000. Entre 20.000 y 30.000 personas fueron detenidas y encarceladas.
Estados Unidos facilitó la elección de Rhee en mayo de 1948, a pesar del rechazo general de los coreanos a realizar elecciones mientras la península estuviera dividida. Un mes antes de la elección, que tenía el visto bueno de la ONU, los habitantes de la isla de Jeju protagonizaron protestas masivas, atacando algunos centros de votación y comisarías de policía. Rhee y la USAMGIK enviaron tropas a la isla para reprimir brutalmente la insurrección, asesinando a 30.000 personas.
En octubre de 1949, unos 2.000 soldados progresistas –a los que se unieron estudiantes y obreros– se rebelaron en la provincia de Jeolla del Sur horrorizados por la masacre de Jeju. También aquí, con el apoyo del ejército estadounidense, Rhee declaró la ley marcial y aplastó la rebelión.
Una vez instalado en el poder el candidato de su elección, EE.UU. dio formalmente por finalizada su ocupación militar en 1949. Sin embargo, un año después estalló el primer conflicto armado de la Guerra Fría, cuando Kim Il-sung lanzó una ofensiva para reunificar las dos Coreas.
Estados Unidos respondió con una fuerza brutal, arrojando más napalm y bombas sobre las ciudades al norte del paralelo 38 de las que había utilizado en toda la campaña del Pacífico en la Segunda Guerra Mundial. La guerra, que afectó prácticamente a todas y cada una de las familias coreanas tanto en el norte como en el sur, acabó finalmente en punto muerto, dejando millones de muertos detrás.
Aunque en 1953 se suscribió un armisticio, nunca se llegó a firmar el tratado de paz. Por tanto, la guerra nunca se dio oficialmente por terminada. Sesenta y cinco años más tarde, Estados Unidos continúa amenazando a Corea del Norte con la invasión o la aniquilación.
Fuente: https://redflag.org.au/node/6486

 Nota del blog .- No hay libros sobre la guerra de Corea , por eso le llaman la guerra olvidada, y la ocupación y guerra americana fue tan bestia que ni se atreven a  explicarla..  recordemos la denuncia  en el cuadro de Picasso ..La masacre de Corea .... arriba...