El primer acto de la campaña electoral
Que medio exgovern duerma hoy en prisión es una respuesta abusiva y
desproporcionada: una solución penal a un problema político que así no
se va arreglar. Pero este martirio penal no da a los líderes
independentistas la razón.
Cuando la Generalitat
puso las urnas el 1 de octubre contra el mandato expreso del Tribunal
Constitucional, cuando el Parlament proclamó la República de Catalunya
con ese referéndum ilegal como excusa, es evidente que el Govern
incumplió la ley. También es obvio que saltarse la ley y las órdenes
judiciales tiene consecuencias penales en cualquier país democrático, y
hay varios delitos que con toda justicia se les podrían imputar. El de
desobediencia grave a la autoridad: de seis meses a un año de multa. O
el de prevaricación: de tres a ocho meses de multa y hasta 15 años de
inhabilitación. O el de malversación: hasta ocho años de prisión, si se
demuestra el uso de fondos públicos para organizar el referéndum ilegal.
Son todos ellos delitos graves y que la justicia debe investigar y
castigar. Son lo bastante serios como para que no fuese necesario forzar
la mano y aplicar un derecho penal de autor, de contundencia
desmesurada y de dudoso encaje legal. Una mano dura penal que solo da
argumentos a quienes quieren retratar a la democracia española como un
Estado autoritario, como un país incapaz de dar salida política a los
problemas políticos. Como la Turquía occidental.
España no es Turquía ni Rajoy es Erdogan. A los
separatistas en Turquía –los kurdos– no les aplican el Código Penal: les
bombardean. El Gobierno ha clausurado más de un centenar de medios de
comunicación, ha encarcelado a cientos de periodistas, de jueces, de
fiscales, de maestros, de policías... Pero que España no haya llegado a
la represión de Turquía no significa que el Gobierno y la Fiscalía a sus
órdenes no estén forzando los cauces de la justicia y del Estado de
derecho hasta límites que cualquier demócrata –independentista o no–
debería criticar.
Hay un derecho fundamental que debe
proteger a todos, también a quienes se saltan la ley: el derecho al
juez natural. Está recogido en la Declaración de los Derechos Humanos y
también en nuestra Constitución. Es el derecho de cualquier acusado a
que le juzgue el juez que le toque por ley, no el que le convenga al
Gobierno o al fiscal. Es un derecho que en este caso se está
incumpliendo porque el juez que le toca por ley a los independentistas
imputados ni es el Tribunal Supremo para los aforados –sería el Tribunal
Superior de Justicia de Catalunya– ni tampoco es la Audiencia Nacional.
“El delito de rebelión nunca ha sido competencia de esta Audiencia Nacional”. No lo digo yo. Lo dijo en 2008 –por escrito, en un auto–
el propio pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Casi
una veintena de magistrados y también el fiscal llegaron a esa
conclusión cuando Baltasar Garzón intentó investigar los crímenes del
franquismo. Es lo mismo que afirmó también el Tribunal Supremo, cuando
aceptó la querella contra Garzón en un auto
donde textualmente se dice que el delito de rebelión “nunca ha formado
parte de los delitos contra la forma de gobierno (…) por lo que es
absolutamente injustificado concluir de forma taxativa que la Audiencia
Nacional posee competencia para su investigación”.
La Audiencia Nacional nunca ha sido
el tribunal que juzgaba la rebelión, como sabe mejor que nadie el propio
fiscal General del Estado, José Manuel Maza: él participó, como
magistrado del Supremo, en aquel proceso penal contra Garzón. La
argumentación que ha usado la Fiscalía en su querella
para llevar este caso a la Audiencia Nacional es tan alambicada que ha
necesitado nueve folios para atribuir la competencia a este tribunal,
algo que normalmente se suele ventilar en un párrafo o dos.
La competencia del Tribunal Supremo en el caso de los aforados es
también cuestionable. Lo normal habría sido que se ocupase el TSJ
catalán, y no el Supremo. Es lo que siempre ocurre con los aforados
autonómicos cuando son imputados. El argumento que da la Fiscalía –que
las consecuencias del delito trascienden el territorio catalán– es
también inaudito porque hay muchos otros delitos de gravedad cuyas
consecuencias trascienden los límites provinciales y nunca antes se
aplicó un criterio similar.
¿Por qué la Fiscalía
General del Estado prefiere la Audiencia Nacional a la Audiencia
Provincial de Barcelona? ¿Por qué prefiere a los jueces del Tribunal
Supremo antes que los del TSJ catalán? La respuesta parece obvia y las
órdenes de prisión preventiva le dan plenamente la razón: porque cree
que serán más duros con los independentistas. Porque ambos tribunales
están mucho más controlados políticamente. Porque creen que jueces que
no vivan en Catalunya serán más duros con los acusados. Porque la
presión social, el "a por ellos", juega a su favor. Porque la separación
de poderes, en España, funciona así.
Las respuestas
tan distintas que han dado el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional
ante querellas casi idénticas demuestran hasta qué punto la
interpretación de un mismo Código Penal puede cambiar. El Supremo ha rebajado un par de grados
los delitos imputados nada más llegar. Mientras tanto, la Audiencia
Nacional ha metido a 7 exconsellers y al exvicepresidente Oriol
Junqueras en prisión.
La decisión de Carles
Puigdemont y el resto del Govern en el exilio de refugiarse en Bélgica
es políticamente muy cuestionable. ¿Como se puede pedir a los
funcionarios catalanes que resistan al 155 mientras uno se escapa a
Bruselas? La desobediencia a las leyes como forma de lucha –tan legítima
como eficaz en muchos casos, desde la insumisión a la mili hasta las
protestas de la PAH– siempre ha sido cuestionable en el procés
catalán. Por una razón: porque quienes han desobedecido a las leyes, el
Parlament y el Govern catalán, eran también quienes promulgaban leyes y
se ocupaban de hacerlas cumplir. Pero la desobediencia a las leyes,
como estrategia de resistencia civil, implica también aceptar las
consecuencias de esa insumisión para dejar en evidencia la
irracionalidad y la desproporción de esa respuesta. No es eso lo que ha
escogido medio exgovern.
Refugiarse en Bélgica
mientras otros asumen las consecuencias de tus actos políticamente no
tiene un pase. Legalmente es otra cosa. Probablemente es lo mejor que
podían hacer.
La fuga a Bélgica de Carles Puigdemont y
los otros cuatro exconsellers obligará a que sea un juez belga quien
tenga que decidir sobre los delitos que se imputan al expresident. Sobre
las penas y las pruebas. Sobre la competencia de los tribunales que les
acusan. Sobre si procede aceptar la extradición.
Que
Oriol Junqueras y medio govern duerman hoy en prisión es una respuesta
desproporcionada: una solución penal a un problema político, que con la
represión y la cárcel solo se puede agravar. Pero este martirio penal no
da a los líderes independentistas la razón. Salvo cuando denuncian ser
víctimas de un abuso judicial.
La respuesta
desproporcionada de la Fiscalía y de la Audiencia Nacional no cambia en
nada la conclusión principal: fue un atropello antidemocrático declarar
la independencia de Catalunya de forma unilateral con el argumento de un
referéndum ilegal en el que solo participó un 43% de la población.
En su última rueda de prensa desde Bruselas, el martes, Carles
Puigdemont argumentó que “solo estaba cumpliendo con su programa
electoral”. El expresident debería saber que esa mayoría de catalanes
que no le votó también tiene derechos. Que un programa electoral no está
por encima del Estatut de Autonomía ni de la Constitución. Que su
mayoría era más que suficiente como para gobernar Catalunya, pero no
para iniciar un proceso unilateral de ruptura donde no le seguía ni la
mitad de su propia población.
Las órdenes de prisión
que ha dictado la juez Carmen Lamela son el primer acto de una campaña
electoral que empieza mal. ¿Qué pasará si se repite el mismo resultado o
si los independentistas ganan por un margen aún mayor? ¿Qué hará el
Gobierno si esto es lo que votan los catalanes?
La
Audiencia Nacional tiene una respuesta. Una respuesta que, sin ser
Turquía, se acerca peligrosamente a lo que le gustaría a Erdogan.
Nota .-
El catedrático de derecho constitucional de la Universidad de Sevilla Javier Pérez Royo ha criticado en una entrevista en Cuatro,
que la Audiencia Nacional esté juzgando a cargos políticos por el
conflicto entre Catalunya y el Estado, y ha visto en ello olor de
franquismo."Aquí pasan cosas muy raras", ha indicado Pérez Royo, que ha destacado el hecho de que sea el fiscal general del Estado, José Manuel Maza, que ha sido reprobado por el Congreso, quién lleve el caso a la Audiencia Nacional. "La reprobación supone que el Congreso le dice que está inhabilitado con su conducta para el ejercicio y este señor es quien insta todo eso", ha señalado.
Según Pérez Royo, la Audiencia Nacional no es el organismo competente para tratar esta cuestión."Se ha reconvertido a la Audiencia Nacional en el Tribunal de Orden Público. El uso que se está haciendo es el que se hacía del Tribunal de Orden Público en la época de Franco., ha concluido.
Las matizaciones fundamentales de López Garrido ..
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