sábado, 16 de enero de 2021

¿Se puede obligar a una persona a vacunarse contra la covid-19?

 ¿Se puede obligar a una persona a vacunarse contra la covid-19?

En España la vacunación no es obligatoria. Las empresas tampoco pueden obligar a sus trabajadores. Hay pocas excepciones en la normativa que permitan a la Justicia decidir sobre este aspecto. Desde el Defensor del Paciente abogan por informar a la población en lugar de imponerla.

 ERLY QUIZHPE 

 La vacunación no es obligatoria en España. Desde el Gobierno se ha dejado claro que la vacuna contra la covid-19 es voluntaria. Sin embargo, este miércoles, un juez dictaminó que una anciana de una residencia de Santiago de Compostela debía vacunarse tras la negativa de su hija.

En este caso, la decisión se toma tras conocer el informe forense, que indica la incapacidad de la residente para tomar una decisión por su grado de deterioro cognitivo. La sentencia se remite al "beneficio" de poner la vacuna frente al "riesgo mayor" de no hacerlo.

"El Estado no puede obligar a todo el mundo a vacunarse porque en el artículo 15 de la Constitución se reconoce el derecho a la integridad física", aclara a Público Joaquín Urías, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad de Sevilla.

Añade que "esa norma tiene alguna excepción, pero muy pocas". "Te puedes encontrar el caso de una persona que no está en su plenitud de sus facultades, un juez controle la autorización que dan o no dan sus familiares. Vigilando si los familiares han tenido en cuenta los intereses de esta persona", afirma el experto.

"Parece que es lo que ha pasado en este caso", afirma Urías en referencia a la vacunación de la anciana de la residencia de Santiago de Compostela. "Como una persona mayor no podía decidir por sí misma, lo que el juez hace es que sustituye al representante porque cree que este no ha tomado en cuenta todas las ventajas", explica.

La presidenta del Defensor del Paciente: "Creo que hay que convencer a la gente"

Por su parte, la presidenta del Defensor del Paciente, Carmen Flores, valora este caso como  "absolutamente vergonzoso". "Este país es libre de vacunarse. Si hay alguien que, con su derecho, no quiere que vacunen a su madre porque no tiene poder de decisión, se debería respetar. El respeto y el derecho a decidir está por encima de cualquier otra situación", defiende.

Flores aboga por mantener informada a la población y recomienda la vacunación. "Creo que hay que convencer a la gente", afirma. "Que se informe y se convenza con documentos, que los hay. Esa es la mejor manera. Con el diálogo podemos conseguir mucho. Imponerlo es un error", añade.

Desde la Organización Mundial de la Salud (OMS), se han posicionado en contra de que la vacunación contra el coronavirus sea obligatoria. "Nos sirve mucho más presentar a la gente los datos, los beneficios y dejar que tomen sus propias decisiones", señaló a principios del pasado mes de diciembre el director de Emergencias Sanitarias de la OMS, Mike Ryan, en rueda de prensa.

¿Qué pasa con los menores?

En la primera fase del plan de vacunación se están administrando las dosis a los mayores y personal sanitario de residencias de ancianos y de centros de grandes dependientes. Más adelante está contemplado que se empiece a vacunar a la población infantil, así como a la población adolescente y joven mayor de 16 años. En el caso de los menores de edad, ¿se podría obligar a vacunar en caso de que los padres se opongan?

 La OMS se han posicionado en contra de que la vacunación sea obligatoria

En este caso, el profesor Joaquín Urías, afirma que los menores no pueden decidir, pero para obligar a los padres a vacunar hay que demostrar que existe un riesgo evidente. Sin embargo, explica que habría que ver caso por caso y su factor de riesgo.

Desde la Asociación del Defensor del Paciente insisten en la importancia de la libertad a la hora de decidir. "El camino de 'levantar el palo' no considero que sea bueno para nadie porque te retrae", afirma Flores.

La legislación protege el derecho de la ciudadanía a elegir. Y, hasta ahora, el Gobierno mantiene la postura voluntaria de la vacunación y apela a la responsabilidad de la población. Si el Ejecutivo cambiara de postura, tendría que recoger dicha obligatoriedad en una ley. En ese sentido, el ministro de Sanidad Salvador Illa, afirmó el pasado mes de noviembre que si la situación epidemiológica empeoraba, el Gobierno cuenta con las "herramientas" legales para hacerla obligatoria. "Creo que la ciudadanía va a reaccionar bien, por tanto no creo que haga falta hacerla obligatoria, aunque es algo que no podamos descartar", afirmó el ministro durante una entrevista a TVE. Para este supuesto, se podría amparar en la ley de Bases de Sanidad nacional de 1944 y la ley orgánica 3/1986 de medidas especiales para la salud pública.

Efectivos del ejército de El Goloso retiran la nieve acumulada en los accesos del hospital Dr. R. Lafora, un centro situado en la zona norte de la Comunidad de Madrid que atiende a pacientes que precisan hospitalización psiquiátrica breve.

¿Puede una empresa obligar a sus trabajadores?

Las empresas no pueden obligar a sus trabajadores a ponerse la vacuna. La abogada laboralista de Ecija, Marta del Campo, explica a Público que en determinados sectores "como el biosanitario", su normativa específica que la empresa tiene la obligación de poner la vacuna a disposición a sus empleados cuando esta sea "eficaz para el riesgo detectado". Del Campo aclara que esto no implica su obligatoriedad. Se trata, por tanto, del deber de la empresa de "facilitar la vacuna" a los trabajadores de sectores concretos como médicos y médicas, enfermeros y enfermeras o dentistas. En todo caso, la disposición de la vacuna no debe tener ningún gasto para el trabajador y se deberá emitir un certificado de la vacuna que se ha administrado.

La abogada laboralista, Marta del Campo, afirma que si se despide a un trabajador por no vacunarse sería improcedente

Si la empresa obliga a sus trabajadores a vacunarse pero estos se niegan, ¿qué puede ocurrir? La experta afirma que es posible que la empresa decida despedirte o sancionarte con una suspensión de empleo y sueldo durante unos días determinados, pero Del Campo advierte de que se trataría de un despido o una sanción improcedente dado que el incumplimiento o desobediencia que se imputa al trabajador o trabajadora, no está recogido en ninguna norma.

¿Pueden las empresas pedir a los candidatos a un puesto de trabajo estar vacunados? Marta del Campo expone que las empresas pueden determinar una serie de requisitos, siempre que no sean discriminatorios. Así se establece en el artículo 14 de la Constitución, donde se recoge que "los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Del Campo indica que, dado el carácter amplio de tal previsión ('circunstancia personal'), se estaría ante un caso de conducta discriminatoria con consecuencias legales para la empresa. Sin embargo, también destaca que es muy complicado demostrar que efectivamente no se le ha contratado por ese motivo, salvo que se tuviese un email o prueba que así lo indique.

El registro de vacunación

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, afirmó a finales del pasado mes de diciembre durante una entrevista en La Sexta que se elaborará un "registro de quienes rechacen la vacuna compartido con la Unión Europea". "No es un documento para hacer público y se va a hacer con el máximo respeto a la protección de datos", aclaró el ministro.

En este sentido, Carmen Flores, por su parte, quiere dejar claro que hay una ley de protección de datos que impide a cualquier Gobierno, hospital o farmacéutica que se publiquen o se den a terceros los datos clínicos de las personas. "No podría hacerlo público", sentencia.

Joaquín Urías afirma que hacer el registro no plantea ningún problema. "Ahora, para qué se va a usar, es diferente", puntualiza. "Si el registro de personas vacunadas se va a usar, por ejemplo, para permitir moverse por la calle, posiblemente eso es ilegal", aclara. "El mero hecho de hacer un registro, a priori, no es ilegal", añade.

Fuente ...

 https://www.publico.es/sociedad/vacuna-covid-obligar-persona-vacunarse-covid-19.html

 Y ver ... https://www.politico.eu/article/mep-pascal-canfin-european-commission-we-details-curevac-coronavirus-vaccine-contract/

 

viernes, 15 de enero de 2021

Holanda .- El escándalo de las ayudas sociales .

 El Gobierno de Países Bajos dimite por el escándalo de las ayudas sociales que llevó a la bancarrota a miles de familias

Oficiales de Hacienda acusaron erróneamente de fraude a miles de familias beneficiarias de ayudas sociales, abocándolas a la bancarrota y a la pérdida de sus hogares.

 Público/El salto .

 Gobierno de centro-derecha de Mark Rutte. Las autoridades tributarias lanzaron durante la legislatura anterior acusaciones infundadas de fraude contra 26.000 familias que recibían un subsidio oficial para el cuidado de sus hijos. Hacienda informó a los padres de que no tenían derecho a las ayudas y las familias fueron obligadas a devolver las cantidades recibidas, que en algunos casos ascendían a 100.000 euros. Pero ahora se sabe que los oficiales de Hacienda los acusó sin pruebas, los hizo devolver las cantidades recibidas y los persiguió judicialmente, abocando a muchos de esos hogares, en su mayoría de origen migrante, a la bancarrota o a la pérdida de sus domicilios.

Los medios neerlandeses dan por hecho la presentación de la dimisión de Rutte y su Ejecutivo al rey Willem-Alexander en las próximas horas. Dimiten, aunque continuarán como Gobierno en funciones hasta las generales, que se celebrarán en marzo.

El caso salió a la luz a mediados de diciembre, aunque los hechos tuvieron lugar entre 2012 y 2017. A los hogares beneficiarios de ayudas se les consideró delincuentes por meros defectos de forma en la cumplimentación de requisitos administrativos. El Defensor del Pueblo denunció que la acción de Hacienda puso a las familias en una situación "imposible" y atentó contra los derechos de la infancia, según informa El Salto. (1)

A los hogares beneficiarios de ayudas se les consideró delincuentes por meros defectos de forma en la solicitud

Un informe de una comisión parlamentaria, titulado Injusticia sin precedentes, ha establecido que se siguieron una serie de consignas que vulneraron el amparo legal de los hogares beneficiarios de ayudas. El informe señala como responsables últimos al actual primer ministro Mark Rutte, del Partido Popular por la Libertad y la Democracia, y a los ex miembros del gobierno del gabinete anterior Lodewijk Asscher y Eric Wiebes, entonces ministros de Asuntos Sociales y de Finanzas, respectivamente.

El escándalo aboca al país a un panorama político incierto

A 500 millones de euros se estima que alcanzan las compensaciones de este escándalo, que en cualquier caso son ínfimas en comparación con las políticas. La dimisión en bloque está destinada a evitar una moción de confianza y la consiguiente reprimenda parlamentaria. Los sucesos podrían paradójicamente favorecer al Partido de la Libertad (PVV), de extrema derecha, que se sitúa como segunda fuerza más votada en los sondeos de las elecciones del próximo marzo.

El líder laborista, Lodewijk Asscher, que partía con grandes esperanzas, ha tenido que dimitir por ocupar entonces el cargo de ministro de Asuntos Sociales. "Sí, fui ministro de Asuntos Sociales durante la anterior gran crisis que enfrentó nuestro país. No, no sabía que la Autoridad Tributaria inició una caza injusta de miles de familias", ha declarado el exministro.

https://www.elsaltodiario.com/paises-bajos/gobierno-paises-bajos-escandalo-masivo-criminalizacion-pobreza

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

jueves, 14 de enero de 2021

ONU .- Israel ataca hospitales palestinos

 Israel ataca hospitales palestinos

Los centros médicos ubicados la Cisjordania ocupada y en la Franja de Gaza han sido atacados tres veces en dos semanas, lo que generó pánico y personas heridas, revela el informe presentado por la ONU titulado 'Protección de civiles'.

 La Oficina de las Naciones Unidas para la Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCHA, por sus siglas en inglés) denunció este sábado los ataques a hospitales palestinos por parte de Israel, tres veces en solo dos semanas.

 Los centros médicos ubicados la Cisjordania ocupada y en la Franja de Gaza han sido atacados tres veces en dos semanas, lo que generó pánico y personas heridas, revela el informe presentado por la ONU titulado ‘Protección de civiles’.

 Los ataques se perpetraron entre el 22 de diciembre de 2020 y el 4 de enero, refiere el documento, publicado hoy por la agencia de noticias oficial de Palestina, Wafa, citasa por Hispantv.

 El texto indica que el primero de los tres ataques ocurrió el 26 de diciembre, cuando los aviones israelíes realizaron incursiones aéreas en Gaza e hirieron a más de tres palestinos, incluida una niña de seis años, y causaron daños a estructuras civiles.

 Con los ataques violentos, se dañó el tanque de agua que suministra el servicio potable a unas 250.000 personas en la Franja bloqueada, donde habitan cerca de dos millones de personas.

 El pasado 27 de diciembre, en la ciudad de Ramalá, en Cisjordania, dos palestinos, incluida una mujer embarazada que se encontraban en el patio de un hospital, fueron alcanzados por las balas de goma disparadas por soldados israelíes.

 En ese hecho, una ambulancia también resultó dañada. Finalmente, en el tercer ataque realizado en la ciudad de Tulkarm el 4 de enero, las tropas israelíes irrumpieron en un hospital y dispararon granadas paralizantes dentro de un edificio, causando pánico entre los pacientes. Algunos de ellos estaban recibiendo tratamiento contra el Covid-19, reseñó Hispan TV.

 El informe también precisa que producto de los ataques 89 palestinos resultaron heridos, entre ellos 16 menores de edad.

Fuente: www.radiomundial.com.ve

miércoles, 13 de enero de 2021

Vacunas covid19. Es fantasía el “me protejo, te protejo".

  LA INMUNIDAD DE GRUPO NO SE DA CON LAS VACUNAS INYECTABLES

Vacunas covid19. Es fantasía el “me protejo, te protejo".

Juan Gérvas

Las informaciones sobre la vacunación frente a la covid19 están produciendo mucho ruido que, como advierte el analista, evita clarificar cómo se consigue la inmunidad de grupo, un proceso que no se da con las vacunas inyectables que, de momento, son las únicas disponibles.

Si quiere vacunarse, como es gratis, allá usted, pero sabiendo lo que hace

Como el miedo es libre, quizá usted sea de quienes creen que vale la pena vacunarse con una vacuna que como mucho ha demostrado, en el mejor de los casos y en las situaciones ideales de los ensayos clínicos, un pobre resultado de disminución de casos leves de covid19.

Con los datos de los ensayos clínicos, si se vacunaran 10.000 personas se evitarían 124 casos de covid19 leve y no se ofrecería ningún beneficio a 9.876 personas de las 10.000 vacunadas (pero todas ellas se verían expuestas a los posibles efectos adversos de la misma).

No hay datos sobre su impacto ni en complicaciones ni en muertes por covid19.

No hay datos sobre la duración de la inmunidad que provocan las vacunas.

Los efectos adversos a corto plazo parecen menores.

Las vacunas covid19 autorizadas incrementan la inmunidad general al menos dos meses, en sangre y celular, pero no tenemos datos sobre su impacto en la inmunidad de las mucosas.

Por todo ello, las vacunas covid19 han sido autorizadas “condicionalmente”. Es decir, provisionalmente, en condiciones excepcionales, con la esperanza de que los escasos datos se amplíen y permitan en el futuro una autorización completa.

La autorización condicional de las vacunas es sólo por un año, y en ese tiempo hay que demostrar que efectivamente producen más beneficios que daños.

En todo caso, los profesionales y pacientes deben saber que la autorización es “condicional”, pues hay un cierto riesgo experimental a valorar.
https://www.actasanitaria.com/vacunas-covid19-las-26-preguntas-frecuentes-que-hacen-los-pacientes/
https://www.ema.europa.eu/en/news/ema-recommends-first-covid-19-vaccine-authorisation-eu
https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=CELEX%3A32006R0507

Si quiere un resumen en lenguaje comprensible por cualquiera, dedique un cuarto de hora a este vídeo: “Todo lo que querría saber sobre las vacunas covid en 17 preguntas y respuestas, en 17 minutos” http://www.nogracias.org/2021/01/10/todo-lo-que-querria-saber-sobre-las-vacunas-covid-en-17-preguntas-y-respuestas-en-17-minutos/

Sin inmunidad en mucosas, el vacunado puede ser transmisor de virus, y no se produce inmunidad de grupo

La inmunidad de grupo no es característica de “las vacunas” sino de algunas vacunas concretas. Las vacunas inyectables de la covid19 son del tipo de las que no producen inmunidad de grupo

El nuevo coronavirus SARS-CoV-2 “entra” en el organismo por las mucosas, principalmente nasal pero también por la mucosa de la boca y de los ojos. La mejor defensa contra la infección es el desarrollo de inmunidad en las mucosas mediante la secreción de anticuerpos segregados por las mucosas (inmunoglobulina A, IgA segregada por la mucosa)
https://www.nature.com/articles/s41385-020-00359-2
https://www.frontiersin.org/articles/10.3389/fimmu.2020.611337/full

Si una vacuna no produce inmunidad en las mucosas contra el nuevo coronavirus, el virus puede infectar y reproducirse en dichas mucosas. Es decir, el individuo puede estar protegido por la inmunidad que le provoca la vacuna pero será un transmisor que llevará el virus difundiéndolo en la comunidad.

Es decir, puede haber inmunidad personal, de quien se vacuna, pero no del grupo. No se producirá inmunidad de rebaño (poblacional).

Es falso el “me protejo, te protejo”. Es una mentira que sirve de chantaje moral para forzar la vacunación. Es una falacia, un chantaje emocional.

Esto es falso también en el caso de la vacuna de la gripe, que ni disminuye la transmisión ni produce inmunidad de rebaño. Además, cuando pillan la gripe, quienes están vacunados expulsan siete veces más virus por las mucosas (cuando estornudan, por ejemplo) que los no vacunados https://www.pnas.org/content/pnas/early/2018/01/17/1716561115.full.pdf

Es decir, si tiene un problema de salud pida que le atienda un profesional no vacunado contra la gripe, y quizá también no vacunado contra la covid19

Hay muchas vacunas covid19 pero sólo una oral, en desarrollo

Hay una gran variedad de vacunas contra la covid19, algunas desarrolladas como métodos totalmente nuevos como las de Pfizer y Moderna (de Estados Unidos), “genéticas” y ya autorizadas en la Unión Europea.

Son también genéticas. pero con un método ya experimentado, las vacunas también autorizadas de AstraZeneca del Reino Unido, Sputnik de Rusia y Convidecia de China. De este estilo es una vacuna de Merk para el ébola, que ha sido efectiva en África; también una vacuna contra el SIDA, que fracasó al incrementar los contagios
http://saludineroap.blogspot.com/2020/11/vacunas-contra-la-covid-que-contienen.html

Otras vacunas son más clásicas, como Covaxin, autorizada en la India, y Coronavac, autorizada en la China.

Todas son inyectables.

Sólo hay una vacuna en desarrollo que se administre por vía oral, Vaxart, de Estados Unidos, que produce inmunidad general y también en las mucosas https://www.precisionvaccinations.com/vaccines/vaxart-covid-19-oral-vaccine

¿Qué ventaja tendrá la vacuna covid19 por vía oral que produce inmunidad en las mucosas? Repaso a las vacunas de la poliomielitis

Para entender la ventaja de la vacuna covid19 por vía oral vale la pena conocer un poco sobre las vacunas de la polio.
Hay dos vacunas contra la poliomielitis que han logrado casi erradicar la enfermedad de la Tierra (el virus de la polio es de ARN, como el SARS-CoV-2, pero es posible su erradicación futura por ser “huésped” sólo de la especie humana).

En su presentación inyectable (vacuna de Salk) produce exclusivamente inmunidad personal, y quien esté vacunado no sufre la enfermedad si se contagia, pero puede ser transmisor de los virus de la poliomielitis ya que no produce inmunidad en la mucosa del tubo digestivo, donde se reproducen los virus.

Lo que precisamos es una vacuna covid19 que produzca inmunidad general y en las mucosas y, por ello, que corte las cadenas de transmisión y produzca inmunidad de rebaño.

La ventaja de la vacuna oral (de Sabin) frente a la vacuna inyectable es que 1/ las personas vacunadas con la vacuna oral quedan ellas mismas inmunes a la poliomielitis, 2/ además, no son portadoras pues produce inmunidad en la mucosa del tubo digestivo, y 3/ los virus atenuados de la vacuna se reproducen en la mucosa del tubo digestivo y se expulsan con las heces de forma que por vía fecal-oral pueden terminar “vacunando” a otras personas de la comunidad (es una externalidad positiva, un bien a otros).

Las personas vacunadas con la vacuna inyectable quedan inmunes a la poliomielitis, pero pueden contagiar a personas no vacunadas (ser portadoras) lo que es una externalidad negativa, un daño a otros.

Los virus atenuados de la vacuna oral han dado origen a reactivaciones y mutaciones “virulentas”, capaces de producir casos de poliomielitis (“poliomielitis por virus derivado de la poliomielitis”), lo que es otra externalidad negativa.

Si la vacuna covid19 no produce inmunidad en las mucosas tenemos el caso de la vacuna inyectable de la polio, vacuna de Salk, que protege a quien se vacuna pero transmite virus de la polio si se contagia. La vacuna de Salk al menos evita en quien se vacuna las complicaciones y muerte por poliomielitis. http://saludineroap.blogspot.com/2018/08/graficos-sobre-la-inmunidad-de.html

Lo que precisamos es una vacuna covid19 que produzca inmunidad general y en las mucosas y, por ello, que corte las cadenas de transmisión y produzca inmunidad de rebaño.

No todas las vacunas producen inmunidad de grupo

Sobre las vacunas hay un excesivo énfasis en el “me protejo, te protejo”, en el sentido de atribuir a todas ellas la producción de la inmunidad de grupo. Conviene una visión más científica y cierta:

1. Todas las vacunas producen inmunidad personal, en el sentido de facilitar una respuesta ante los microbios que evita los daños de los mismos. Por ejemplo, las vacunas del tétanos y de la difteria protegen contra la toxina que producen los microbios respectivos http://www.who.int/immunization/Tetanus_vaccine_SP.pdf. Es decir, no evitan la infección sino que evitan sus consecuencias. También es vacunación personal la de la gripe, la rabia y la fiebre amarilla.

2. Hay vacunas que producen inmunidad personal y grupal. Es decir, facilitan una respuesta inmunitaria individual que evita los daños de los microbios y además evitan la difusión de los mismos. Es el caso de la vacuna del sarampión, que produce inmunidad de grupo/rebaño. Decimos que las vacunas que crean inmunidad de grupo tienen una “externalidad positiva”, en el sentido de producir un bien a quienes no se vacunan.

3. Existen vacunas como las de la tosferina y la neumonía que “permiten” que los individuos vacunados se conviertan en portadores de microbios que pueden infectar y matar a los no vacunados. Es decir, son vacunas que tienen una “externalidad negativa” en el sentido de producir un daño a quienes no se vacunan. Por ejemplo, el niño de Olot (España) muerto por difteria en 2015 no se había vacunado contra la misma y la enfermedad se la contagió alguna persona protegida por haberse vacunado (adicionalmente, la muerte se debió a la carencia en España en aquel momento de suero antidifteria) https://www.elconfidencial.com/tecnologia/ciencia/2018-04-19/suministro-antidotos-difteria-olot-antivacunas_1551793/ También tiene externalidad negativa la vacuna de la varicela que, puesta en la infancia, traslada el problema, y más grave, a jóvenes, adultos y viejos; además, la inmunidad que provoca no es de por vida, como la infección natural, y son posibles los brotes epidémicos en vacunados.

Es decir, la inmunidad de grupo no es característica de “las vacunas” sino de algunas vacunas concretas. Las vacunas inyectables de la covid19 son del tipo de las que no producen inmunidad de grupo.

Síntesis

Las vacunas contra la covid19 autorizadas tienen escasa eficacia y no han demostrado que impidan la transmisión del virus ni que produzcan inmunidad de rebaño.

El “me protejo, te protejo” es como mínimo una fantasía, y puede verse como una mentira que sirve de chantaje moral para forzar la vacunación. Es una falacia y un chantaje emocional.

martes, 12 de enero de 2021

Las cloacas de interior contra Podemos .

LAS CLOACAS DE INTERIOR

Colaboradores de Villarejo investigaron a Iglesias y Monedero hasta 2018

Correos electrónicos exclusivos demuestran que dos de los colaboradores del comisario Villarejo, el también policía imputado en la causa Tándem Antonio Giménez Raso y el detective colaborador de Interior Julián Peribáñez, siguieron investigando en 2018 al margen de la ley y con el multimillonario policía ya en prisión, al actual vicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, según el libro La España inventada. Nuevos documentos a los que ha tenido acceso Público prueban que también lo hicieron con quien fuera su profesor y fundador de Podemos, Juan Carlos Monedero.

sigue  ...

 https://www.publico.es/politica/colaboradores-villarejo-investigaron-iglesias-monedero-2018.html

lunes, 11 de enero de 2021

A propósito de EH Bildu.

 A propósito de EH Bildu.

https://www.elviejotopo.com/topoexpress/alianzas-vaporosas-en-tiempos-liquidos-que-hacemos-con-eh-bildu/

 Un comentario a este artículo,  publicado en el Viejo Topo digital ..Y  que   el Viejo Topo me censura.

  Vamos a ver  , si usted mismo reconoce   que: “ las razones reales del desistimiento de ETA tienen más que ver con su debilidad organizativa, su pérdida gradual de apoyos y la movilización de una minoría consciente y militante de la sociedad vasca.” ¿  Acaso Otegi no estuvo en ello? Como Adams en Irlanda . No se temía que después del 2011 pudiera aun haber atentados por comandos autónomos que no aceptarían  la paz .  ¿ Y  por qué no se puede incorporar a una fuerza política al bloque de gobernabilidad,?. Sin pedir fuera de eso nada a cambio. ¿ Qué han pedido ? .¿ No precipito además con ello el apoyo de ERC?. Había alguna posibilidad de hacer un gobierno hacía la izquierda sin ellos y poder aprobar los  presupuestos?¿ No tenemos por primera vez en nuestra democracia un gobierno de centro izquierda real  .? Habla usted como si estuviéramos aún en el bipartidismo .  ¿Que era mejor esto que gobernara la derecha?.¿ Quién es ahora el victimista ?

 ¿ Y como que no se ha producido una deslegitimación profunda del terrorismo de ETA en Euskadi?.  Que  hay aun  algún comando autónomo por allí . No  era  la misma ETA que hizo los últimos  atentados  para romper las negociaciones . Como fue el de Madrid  . ¿ Quién logro que el movimiento aberzale se convenciera de dejar de apoyar la lucha armada?. Un movimiento así ,sectario , civil y numeroso y cerrado sobre sí mismo  . ¿ Quién lo disuelve? . No lograron entonces encaminarlos  hacia la  paz  y dejar de ser  la cantera de ETA .¿ Y qué viene mezclar Bildu con ERC? . ¿ Que fue ERC algún partido que  dio apoyo a algún terrorismo en Cataluña?. En su momento precisamente hizo al revés.

Y  de  Bildu dice usted.. “ No se le puede tratar como una fuerza democrática porque representa la continuación del entramado que encabezó ETA y la prolongación de su acción política por otros medios”. ¿ Qué medios? . Si ahora son pacíficos .¿ Y ETA no se disolvió en el 2011?¿ Y paz en Irlanda como se logró ?. ¿Y era el IRA el único que hizo atentados terroristas?.Y aquí lo mismo .¿ Hubo una transición pacifica ?. ¿Y los  250 asesinatos   que  hubo quién los hizo? . ¿ Solo  ETA ? ¿ No eran del PCE los de Atocha ? .

 Hace usted en estos momentos  todo un discurso que es difícil de distinguirlo de la derecha , sino supiéramos su trayectoria  de lucha  , tanto practica como política  contra el radicalismo de ETA . 

Pero monta todo su discurso sobre frases puntuales de un debate , sea de Pablo intentando  no solo aprobar los   presupuestos y si es necesario prorrogables  y así mantener  la legislatura . ¿ Y  acaso  la diputada de ERC no ha tenido que tragarse sus palabras  . Y sapos  si fuera necesario . Y van a algún lugar si no fuera así .¿ Quiere usted que caiga el gobierno?  . Pero además, ¿Desde cuando Cataluña ha sido insolidaria con el resto de España en remesas fiscales? . ¿Qué tienen concierto foral ?. ¿ Y EL foralismo no es bien constitucional?. ¿ Y Navarra y Canarias con sus cabildos no  son forales ?¿ Que quiere quitárselo  al País Vasco y que volver a  las andadas ? Y  España ahora no es un estado bien plural y pacífico.  Y este gobierno no ha logrado con ello llevarlos a via legal y unirlos a la via constitucional , aceptando la España plural aunque le ocasione  perder votantes a corto plazo . En política sin un mínimo de  pragmatismo no se va ningún lado . Se puede  hacer  una critica  a las politicas de identidad que es muy necesaria  y que es una trampa no solo para la izquierda. Incluso para el feminismo.¿ Y IU no se apunto a esas politicas tan postmodernas todas ellas  ?.

LDM.

sábado, 9 de enero de 2021

El Tribunal Constitucional se la juega .

 El Tribunal Constitucional se la juega .

España no cabe duda de que es un Estado de Derecho, pero la forma en que se ha perseguido judicialmente a los nacionalistas catalanes contradice lo que tiene que ser el ejercicio de la función jurisdiccional en un Estado de Derecho digno de tal nombre

Javier Pérez Royo

Hace unas semanas la Fiscalía renunció a interponer un recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) que absolvió a Josep Lluís Trapero de la acusación del delito de sedición. Tras analizar detenidamente la sentencia, la Fiscalía llegó a la conclusión de que no tenía posibilidad alguna de prosperar el recurso ante el Tribunal Supremo (TS).

 Este sábado publican algunos diarios españoles que la Fiscalía belga ha renunciado a interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la decisión de la Sala de Apelaciones que confirmó la decisión del juez que en primera instancia había decidido que el TS español no era el juez competente para dictar la orden de detención y entrega contra el ex-conseller Lluís Puig. No cabe duda de que la Fiscalía belga, igual que hizo la Fiscalía española, considera que la decisión es jurídicamente inatacable.

Es, por lo tanto, todo el sistema de justicia belga el que considera que el TS,  al dictar la orden de detención y entrega contra el ex-conseller Lluís Puig, vulneró el derecho fundamental de este a que su conducta sea instruida y enjuiciada por "el juez ordinario predeterminado por la ley" (art. 24 CE), por el "juez natural". El TS no puede ser ese juez en este caso y, en consecuencia, su solicitud de extradición tenía que ser rechazada.

 El caso, como explicaba en el artículo "La justicia belga da un segundo aviso"(1), afecta a todos los procesados y condenados por el TS en la sentencia del caso procés, además de a la solicitud del suplicatorio al Parlamento Europeo para que levante la inmunidad de Puigdemont, Comín y Ponsatí, así como al mantenimiento de las órdenes de detención en territorio español de todos los nacionalistas que están en el exilio.

Ahora creo que ya vamos a poder decir que están en el exilio, porque el motivo por el que se encuentran fuera de España es porque están siendo perseguidos judicialmente de una manera contraria a la Constitución y contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos.

 He escrito en varias ocasiones que los dirigentes nacionalistas en prisión no son presos políticos, pero lo parecen. Y cada vez más. España no cabe duda de que es un Estado de Derecho, pero la forma en que se ha perseguido judicialmente a los nacionalistas catalanes contradice lo que tiene que ser el ejercicio de la función jurisdiccional en un Estado de Derecho digno de tal nombre. El uso de la AN y del TS como "Tribunales de Conveniencia", en lugar de residenciar la conducta de los implicados en los acontecimientos de septiembre y octubre de 2017 en Catalunya ante el órgano judicial radicado en Catalunya competente para ello, solamente es explicable desde una perspectiva política y no desde una perspectiva constitucional.

 Esto es lo que ha constatado la justicia belga. Dos instancias judiciales y una renuncia de la Fiscalía a recurrir en casación ante el TS por la inutilidad del recurso.

El derecho al juez ordinario predeterminado por la ley es el primero de todos los derechos fundamentales de naturaleza procesal. Es un derecho bifronte, que garantiza que ni el ciudadano puede elegir el juez que ha de entender de su conducta, ni el juez puede elegir a los ciudadanos de cuya conducta va a entender. Al ciudadano le toca el juez que le toca. Y al juez le toca el ciudadano que le toca. Esta es la condición sine qua non para el ejercicio de la función jurisdiccional en todo Estado de Derecho. A partir de este derecho se construyen todos los demás.

Este es el derecho que han desconocido la Fiscalía General del Estado, la AN y el TS. Todos los actos de los diversos Fiscales que han intervenido así como los de la AN y TS son nulos de pleno derecho por vulneración de derechos fundamentales reconocidos en la Constitución y por derechos reconocidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. Esto es lo que acaba de decir la justicia belga. No es un defecto procesal subsanable, es un vicio completamente insubsanable que aqueja a todas las decisiones adoptadas. El "derecho al juez ordinario predeterminado por la ley", el derecho al "juez natural", es, por decirlo con las palabras del constituyente "moderado" de 1845, una de esas "leyes primordiales contra las cuales nada puede intentarse que no sea nulo de toda nulidad" (Exposición A. S.M. Proyecto de Reforma de la Constitución). Esto es así en todo Estado de Derecho que merezca tal nombre. Esto es lo que no ha respetado el TS. Por eso la justicia belga ha reaccionado de la forma en que lo ha hecho. No podía convertirse en cómplice de tal monstruosidad jurídica.

 El TC tiene la oportunidad en el recurso de amparo interpuesto contra la sentencia del TS mediante la que decidió el caso Procés, de declarar nula dicha sentencia por vulneración de derechos fundamentales y poner fin al disparate que se puso en marcha con la querella ordenada en su día por el Fiscal General del Estado, José Manuel Maza. (Lamento que falleciera y que, por lo tanto, no pueda contestar a lo que estoy escribiendo. Pero, tengo que añadir, que dije esto mismo varias veces cuando todavía vivía y estaba al frente de la Fiscalía).

 EL TC se la juega en el recurso de amparo contra la sentencia del TS en el caso procés. La Constitución dice que el TS es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes "salvo lo dispuesto en materia de garantías constitucionales" (art. 123.1 CE).  En las manos del TC está corregir la monstruosidad constitucional que se ha puesto en práctica y permitir que las aguas desbordadas vuelvan a su cauce. El TC no puede hacer la vista gorda y no enfrentarse a la vulneración del derecho al juez ordinario predeterminado por la ley.

https://www.eldiario.es/contracorriente/tribunal-constitucional-juega_132_6738831.html

Nota (1) https://www.eldiario.es/contracorriente/justicia-belga-da-segundo-aviso_129_6736365.html