Endika Zulueta: “El estado español va a contar con el Código
Penal más duro de la llamada cultura occidental”
Por Enric Llopis
La finalidad de las penas es, teóricamente, la reinserción
social del ciudadano objeto de condena. Además, hay evidencias de ello, la
elevación de las penas no influye en la disminución de delitos. Tampoco la pena
de muerte. Sin embargo, con la próxima reforma, “el estado español va a contar
con el Código Penal más duro de la llamada cultura occidental”, afirma el
activista y abogado vinculado a los movimientos sociales desde hace décadas,
Endika Zulueta. “España es uno de los países con menor índice de criminalidad
de la Unión Europea
y, sin embargo, el que tiene las prisiones más saturadas”, agrega. Zulueta es
miembro de la Asociación
Libre de Abogados (ALA) y de la Comisión Legal del
15-M de Madrid. Ha escrito también numerosos artículos sobre la actualidad
jurídico-política en revistas y páginas Web especializadas.
-El “derecho penal del enemigo”, término establecido por el
jurista alemán Günther Jakobs en 1985, se aplicó en Estados Unidos a raíz de
los atentados del 11-S de 2001, especialmente contra migrantes “irregulares” y
sospechosos de terrorismo. ¿En qué consiste esta doctrina? ¿Desde cuándo se
aplica en el estado español? ¿Puede observarse en la “Ley Mordaza” y en la
reforma del Código Penal?
España es pionero en el tratamiento del “derecho Penal del
enemigo”. La legislación antiterrorista ha sido siempre ejemplo de ello.
Ciertamente, los atentados del 11-S aceleraron su práctica en EEUU y en toda la Unión Europea. Del
“derecho penal del enemigo” podemos resaltar cinco características: 1) Los
tipos penales anticipan la punibilidad a actos que sólo tienen el carácter de
preparatorios de hechos futuros y que en muchas ocasiones serían impunes, por
ejemplo, el propósito de criminalizar la visita de las páginas Web que el
Gobierno considere “yihadistas”; 2) una desproporción en la aplicación de las
penas: por un lado se penaliza igual el supuesto acto preparatorio que la comisión
del delito ; por otra parte, se penaliza la pertenencia a la organización con
altísimas penas (como si fuera un homicidio) y se suma la pena a imponer por el
acto realizado; 3) la legislación se fundamenta en un lenguaje bélico, no se
enjuicia a ciudadanos sino a enemigos en guerra, y por tanto no merecedores de
garantía alguna.
4) Se restringen derechos fundamentales; así, la versión
policial es la incuestionable versión oficial sin presunción de inocencia, sin
derecho a la intimidad; se “normaliza” también el secreto de las actuaciones
procesales, se incomunica como norma a los detenidos, se amplían sus plazos de
detención, etcétera; 5) Se endurecen las condiciones en prisión (FIES), se
dificultan los beneficios penitenciarios y se hacen más difíciles las salidas;
6) Se trata de un derecho penal de autor, pues no se juzgan hechos (como en un
sistema democrático) sino supuestas personalidades (sistemas autoritarios),
llegándose a criminalizar el pensamiento, aunque no se materialice en actos, al
estilo orwelliano.
-El juez de la Audiencia Nacional Gómez Bermúdez ordenó la
detención de 11 personas de ideología anarquista el 16 de diciembre en
Barcelona (siete de ellas entraron después en prisión), por supuesta
pertenencia a organización terrorista. Fue la llamada “operación Pandora”. ¿A
qué responden estas detenciones selectivas de militantes anarquistas?
Desde hace más de un siglo el Estado siempre ha
criminalizado el anarquismo identificándolo con actividades delictivas de la
forma tan vaga y ambigua como parece que ha sucedido en este asunto. Poner
seriamente en cuestionamiento el orden socio-económico establecido, aún sin el
uso de la violencia, supone ganarse la enemistad del Estado y, en ese contexto,
es lógico que éste criminalice, y de la forma más rotunda posible (vinculándolo
con el terrorismo) a quien más le inquieta, realizando redadas indiscriminadas,
haciendo registros en Centros Sociales, y abriendo procesos judiciales con
dudoso fundamento fáctico y jurídico.
-El 12 de enero, en la llamada “operación mate” fueron
detenidas 16 personas (12 de ellas abogados) en el País Vasco, acusadas de
fraude fiscal y señaladas como parte del entramado de apoyo a ETA. ¿Cómo
interpretas estas detenciones, en un momento en que han finalizado los atentados?
Las actuaciones policiales y judiciales llevadas a cabo con
la detención de doce abogados y abogadas el día que comenzaba un juicio en el
que actuaban como defensores ha resultado preocupante a muchos agentes sociales
y jurídicos, incluido el Consejo General de la Abogacía Española.
Cuando se limita la actividad profesional de un defensor, se está vulnerando el
derecho de defensa de sus clientes, y quien está abocado a realizar dicha
limitación debe tener contundentes pruebas de cargo para ello, y, al menos por
lo que se ha filtrado hasta este momento, existen serias dudas de que ello
suceda así en el presente caso. Además, en el auto de libertad el juzgado
indica a los defensores la forma y el contenido de las entrevistas que deben
tener con sus clientes, bajo amenaza de ser ingresados en prisión, lo que
resulta una intromisión inadmisible por parte de un juez en el derecho de
defensa. No recuerdo haber visto nada parecido anteriormente. La Comisión de Defensa de la Asociación Libre
de Abogados (ALA) va a formular la correspondiente protesta por ello.
-¿Crees que el atentado contra el seminario satírico
“Charlie Ebdo”, que se saldó con 12 muertos, puede marcar un punto de cambio en
la criminalización de la disidencia y en una deriva autoritaria? De entrada,
Hollande (presidente de la
República francesa por el partido socialista) ha disparado
sus indicadores de popularidad por la gestión de la crisis…
El atentado de París, rotundamente condenable desde
cualquier perspectiva desde la que se quiera analizar, y las posiciones que al
respecto van adoptando los diferentes agentes sociales abre paso a múltiples
reflexiones. Es una paradoja que los mandatarios de un gran número de países en
los que cotidianamente se vulneran los derechos fundamentales, entre ellos la
libertad de expresión, encabezasen una manifestación en defensa del derecho que
ellos reprimen.
Se nos dice que ha sido un ataque a nuestra civilización y
ya se preparan actuaciones y legislaciones contra el terrorismo, y en defensa
de nuestra seguridad. Se manipula nuestro miedo y parece que podemos echarnos a
temblar; no olvidemos que con la excusa de la defensa de nuestra seguridad y en
el contexto de la llamada guerra al terrorismo, nuestra civilización ha
protagonizado aberrantes actos de terror: se han bombardeado países, se ha
matado a cientos de miles de personas, se han destruido culturas milenarias, se
han construido cárceles secretas, se ha legitimado la tortura, se han creado
“Guantánamos” y, en múltiples países, se han potenciado legislaciones penales
regidas por un “derecho penal de enemigo”, en los que la ciudadanía está
sometida a un férreo control social…. Todo ello por la seguridad, sí, pero por
la seguridad económica de las empresas petrolíferas y de armamento que son las
que sacan rédito económico de tanto sufrimiento.
-En el Anteproyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento
Criminal, el gobierno del PP ha llegado a proponer la ampliación de los
supuestos en que la policía puede intervenir las comunicaciones sin
autorización judicial. ¿Qué supondría esta medida, y qué subyace a la misma?
Ese tipo de medidas, y el repetitivo y constante control de
las nuevas comunicaciones, entra dentro del contexto en el que analizamos todo
lo demás. Es un intento de formalizar el Estado policial, evitar en la medida
de lo posible el control judicial que debe regular las garantías de la
ciudadanía en el sistema penal de un estado democrático, y dejar al más puro
arbitrio policial la limitación de derechos fundamentales, como el de la
libertad de expresión, la intimidad o el secreto de las comunicaciones.
-¿Y en cuanto a la “prisión permanente revisable”? ¿Qué se
esconde tras este eufemismo?
España es uno de los países con menor índice de criminalidad
de la Unión Europea
y, sin embargo, el que tiene las prisiones más saturadas. El índice de
“prisionización” (el tiempo medio que el preso está privado de libertad)
también es el mayor de la
Unión Europea. Sin dud,a tenemos uno de los Códigos Penales
más duros y, sin embargo, y poco antes de finalizar la legislatura, el PP se ha
empeñado en aprobar un Código Penal que endurece el anterior, una nueva vuelta
de tuerca. Teníamos un límite temporal de 40 años de privación de libertad y
cumplimiento íntegro (en el franquismo el límite eran los 30 años y con beneficios
penitenciario mucho menores) y ahora se aprueba la cadena perpetua que,
eufemísticamente se denomina “prisión permanente revisable”. Vamos a tener el
privilegio de contar con el Código Penal más duro de lo que han venido a llamar
cultura occidental. No está de más recordar que el fin declarado de la pena es
la reinserción social, no la venganza y el castigo. Además de que está ya
comprobado que la elevación de las penas en modo alguno influye en la
disminución de los delitos, ni siquiera la pena de muerte. En los Estados de
EEUU donde hay pena de muerte no se cometen menos delitos que en los que no
existe tal pena, y así ha sido denunciado también por Amnistía Internacional.
¿Cómo interpretas que el PP y el PSOE alcancen un “acuerdo”
contra el yihadismo? Se basa en una proposición de ley orgánica específica (al
margen de la reforma del Código Penal) con medidas como la elevación de penas o
la ampliación del concepto de pertenencia a banda terrorista para combatir el
“terrorismo islámico”. Además, en la reforma del Código Penal, el gobierno ha
propuesto introducir penas de entre uno y ocho años de cárcel por la consulta
“habitual” de webs yihadistas.
Es todo un símbolo que los partidos mayoritarios hayan
tratado este tema como asunto de estado. Una nueva paradoja, que en la
situación socioeconómica en la que nos encontramos, con los derechos sociales
en crisis, con el índice de paro más alto de los últimos años, con la exclusión
de amplias capas de la población del derecho a la vivienda, a la sanidad, a la
educación, con el crecimiento progresivo de las capas sociales más
desfavorecidas, con tres de cada diez niños bajo el umbral de la pobreza… lo
único que se convierte en asunto de Estado sea la urgente aprobación de una
legislación que recorta o limita derechos fundamentales e instaura ya de forma
evidente el “derecho penal de enemigo” en nuestra legislación.
-¿Cómo se explica?
Entiendo que es una cuestión de psicológica política: ya que
el Estado no es capaz de crear los mecanismos adecuados para facilitar a la
ciudadanía aquello que realmente le confiere seguridad: los derechos sociales
(trabajo, vivienda, educación, sanidad), cuya carencia atemoriza cotidianamente
a la población (incluso quien actualmente tiene acceso a estos derechos, tiene
miedo a perderlos); lo que hace el estado es hiperpotenciar un miedo a una
amenaza exterior, que nada menos que ataca nuestra civilización, y se
compromete a crear, de forma urgente, la cobertura necesaria para aminorar el
peligro de sus ataques, a través de una legislación de guerra que requiere
ceder espacios de libertad, en pro de una seguridad inexistente.
-Por último, ¿qué implican los pactos de estas
características?
Han conseguido ponerse de acuerdo en aprobar la tan
criticada, desde los más diversos ámbitos, cadena perpetua, siendo de una
supina hipocresía que un partido –el PSOE- apoye hoy la aprobación de una
norma, para comprometerse mañana a cambiarla si gana las elecciones. Se realiza
una definición de “terrorismo” estudiadamente ambigua, con la consiguiente
inseguridad jurídica; establecen la cadena perpetua para delitos de terrorismo
sabiendo perfectamente que el endurecimiento de las penas en modo alguno
disminuye la comisión de delitos; se llegan a tipificar como actos de
terrorismo, actividades realizadas por Internet como “difusión de mensajes o
consignas”, o el equívoco “adoctrinamiento y adiestramiento pasivo”, incluso el
delito informático puede considerarse delito terrorista.
Estamos nuevamente en el o conmigo o contra mi, cualquier
persona que pueda poner en cuestionamiento la nueva legislación antiterrorista
puede ser objeto de sospecha. El problema es que, como parece ser dirigida la
nueva legislación a atacar el denominado yihadismo, siendo un fenómeno que
suena especialmente ajeno a nuestras vidas, parece que tal conculcación de
derechos no nos debe afectar a nosotros. Pero no olvidemos el poema atribuido
indistintamente a Beltor Brecht o Martin Niemöller, “… y ahora vienen a por mi,
pero ya es demasiado tarde”.
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