domingo, 20 de octubre de 2019

Contra la violencia , venga de donde venga.



Resultado de imagen de GOYA ESTACAZOS

El juego de la violencia

Gerardo Tecé

20/10/2019
No condenar la violencia es uno de los pilares sobre los que se asienta la democracia española. Tras cuarenta años de represión, torturas y ejecuciones, con cientos de miles de fusilados deambulando por las cunetas, todos decidimos –eso nos cuentan– que la mejor forma de afrontar la nueva etapa no sería condenar toda aquella realidad violenta, sino hacer como si nunca hubiese existido. Estrategia perjudicial, fruto probablemente de un fuerte trauma, hubiera diagnosticado cualquier psicólogo. “Comportamiento ejemplar”, decidieron diagnosticar los padres de la España del 78 y aún seguimos repitiendo el mismo mantra. Según los libros oficiales de historia, mirar hacia otro lado ante la violencia ha sido, de hecho, el gran logro de la sociedad española en el último siglo. Así estaría el listón. Gracias a eso, hoy disfrutamos de una democracia, un rey y agua potable en casa, nos dicen. Con ese punto de partida, no puede ser extraño que la relación de este país con la violencia nunca haya sido precisamente sana, sino más bien bastante psicótica.
Desde entonces hasta ahora, el rechazo a la violencia, seamos sinceros, nunca se ha debido a convicciones morales de pacifismo, sino a intereses políticos. Condenar la violencia o pedir que otros lo hicieran ha sido simplemente una herramienta modulable, un juego. El concepto de violencia aparece y desaparece en España como el Guadiana, en función de quien la protagonice o quien tenga especial interés en sacarle beneficio. Nos hacemos trampas al solitario. A la violencia en España le pasa como al colesterol, hay bueno y malo, siendo ignorada o tratada con sobreactuación por nuestros dirigentes en función del cálculo político. Con los medios de comunicación ha pasado lo mismo. Televisiones, radios y periódicos han modulado la sensación de percepción de la violencia dependiendo de dónde venía.
ETA lo puso fácil para alimentar esta situación psicótica. Con los actos terroristas llenando de sangre las calles, la idea de violencia quedó ligada durante décadas en el imaginario colectivo exclusivamente a esos atentados concretos de esta banda armada concreta. “No a la violencia”, durante años, significó únicamente no a los atentados de ETA. Mientras el primer grupo terrorista en número de crímenes reunía a la sociedad española en contra de su violencia, un Felipe González presidente del Gobierno abrazaba a las puertas de la cárcel a los condenados por crear las estructuras del segundo grupo terrorista con más asesinatos y violencia generada, los GAL, sin que nadie se plantease la ilegalización del PSOE por apoyar la violencia. Eso era para otros. Líderes de la derecha se negaban a condenar la violencia franquista y bromeaban sobre los familiares que querían enterrar a sus muertos asesinados violentamente. “Historias del abuelo cebolleta”, bromeaba Pablo Casado sobre ser el segundo país del mundo en desaparecidos. Mientras, a los dirigentes de la izquierda abertzale, se les exigía la condena de la violencia de ETA si querían participar del juego político. “Lamentamos, pero no condenamos”, era la irritante fórmula elegida durante mucho tiempo y siempre nos hacía llamar violento a quien la pronunciaba. Bueno, casi siempre: cuando la ministra de Exteriores de Aznar lamentó, pero se negó a condenar el asesinato de José Couso, nadie habló de violencia.
Mientras las palizas sistemáticas a homosexuales o inmigrantes por parte de grupos neonazis no eran más que pequeñas reseñas en las páginas de sucesos, una cacerolada de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca podía ser elevada al nivel de nazismo, ocupando portadas y horas de televisión en debates políticos. Así no, les decían a quienes iban a perder su casa. Los disparos contra inmigrantes a nado por parte de la Guardia Civil –15 muertos en el Tarajal– eran calificados de comportamiento correcto según los protocolos. Una pelea de bar en Alsasua era violencia terrorista inmediatamente condenada por “nosotros los demócratas”.
En los últimos tiempos, ya sin ETA, se ha llamado terrorismo a un tuit, a una canción o a la compra de material inflamable para reventar un escaparate. Mientras, bromeábamos con aquel tipo que subido a un tanque del ejército amenazaba a Puigdemont y a Iglesias. Se ha minimizado la actuación de la policía golpeando violentamente a activistas detenidos a pesar de haber visto esas imágenes. Hemos hecho como que no veíamos en redes sociales la relación íntima entre algunos miembros del cuerpo de policía con grupos de la extrema derecha. Hemos mirado hacia otro lado con la violencia en las comisarías, las de la Policía Nacional y las de los Mossos. Hemos tapado la violencia de las torturas. Incluso hay quien tiene medalla y una paga oficial por torturador. Hemos llamado violencia terrorista a quemar un cajero y choque entre constitucionalistas e independentistas a cacerías organizadas por la extrema derecha. Hemos, en fin, jugado con la violencia según nos convenía.
El conflicto en Cataluña hubiera sido una buena oportunidad para, por responsabilidad, hacer un reseteo de todo este juego. Pero se decidió que, al contrario, era un buen momento para aumentar la apuesta. Se generó y se negó la violencia policial del 1 de octubre contra los votantes del referéndum –incumpliendo el mandato judicial que anteponía la seguridad ciudadana a la retirada de urnas– y se ha llamado violencia al uso de lazos amarillos pidiendo la liberación de políticos detenidos. Hemos visto a la policía cantando “a por ellos” refiriéndose a ciudadanos pacíficos y nos hemos mentido diciendo que eso no era violencia, sino democracia moderna funcionando. Se ha alentado todo lo que está pasando con la desfachatez de usar la violencia –ahora sí, ahora no– como un juguete que daba réditos. Lo que era hipocresía empieza ya a ser locura. Pedro Sánchez negándose a hablar con Torra, sabiendo que eso destensaría una situación muy delicada en las calles, es un buen ejemplo. Torra, apoyando protestas que luego manda a reprimir violentamente, es otro buen ejemplo.
Hace dos años, todos vimos en redes sociales la imagen de un chico que, portando la bandera de España, mostraba un cartel rechazando la violencia policial del 1 de octubre contra sus vecinos. El chico era abrazado por gente que portaba la bandera independentista. La imagen la vimos en redes, pero ahí se quedó la cosa. Nunca se le dio bombo en los telediarios, supuestamente preocupados por la escalada de tensión en Cataluña. Ningún partido político de los que hoy exigen condenar la violencia y mañana le echan gasolina al fuego hizo de altavoz de aquel abrazo entre banderas españolas e independentistas. Al contrario. Esas escenas, que las hubo, se ignoraron porque no le aportaban nada al juego. Los medios y los partidos han preferido repetir una y otra vez las imágenes más violentas de choques entre independentistas y españolistas, siempre eligiendo esas en las que la violencia venía del otro y guardando en un cajón las que mostraban la violencia propia.
No, el problema de España y Cataluña no es un contenedor ardiendo o un enfrentamiento contra los antidisturbios. Ojalá. Eso pasa en cualquier país europeo y se digiere sin más trauma y sin echarle gasolina al fuego. El problema de España es psicológico. Si las sociedades pudieran tener problemas mentales, la sociedad española tiene uno y muy grave con la gestión de la violencia como herramienta de relación. Y para colmo, tiene políticos y medios –perdón por la redundancia– expertos en la irresponsabilidad de saber cómo funciona esta herramienta y sacarle todo el partido.
escribe en CTXT
Fuente:   https://ctxt.es/es/20191016/Firmas/28983/Tecetipo-Gerardo-Tece-violencia-transición-Eta-Gal-Barcelona.htm

Amnistía Internacional. -El uso excesivo de la fuerza en Cataluña.

España / Cataluña: Las autoridades deben desescalar la tensión y garantizar el derecho de reunión pacífica



Manifestación en Barcelona. 16 de octubre de 2019. REUTERS/Albert Gea
Amnistía Internacional.

Ante las movilizaciones y manifestaciones que están teniendo lugar en Barcelona y en el resto de Cataluña tras la publicación de la sentencia del Tribunal Supremo en relación a 12 líderes políticos y activistas catalanes, Amnistía Internacional hace un llamado urgente a todas las autoridades a tomar todas las medidas necesarias para facilitar el derecho de reunión pacífica y permitir a todas las personas expresar libremente su opinión al respecto de forma segura.
“La naturaleza de las movilizaciones ha sido eminentemente pacífica, y aunque se han producido algunos actos de violencia que han puesto en riesgo a algunas personas, las fuerzas de seguridad deben actuar con moderación. Las autoridades deben hacer todo lo posible por no contribuir a la escalada de tensión en la calle y responder en todo momento de forma proporcionada ante los posibles brotes de violencia”, ha declarado Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España. “Somos conscientes de los retos que enfrentan las fuerzas de seguridad, pero el uso excesivo de la fuerza y la utilización inapropiada de material antidisturbios por parte de miembros de la policía nunca puede estar justificado”.
Un equipo de Amnistía Internacional ha estado en el terreno monitoreando la situación desde que dieran inicio las protestas públicas el pasado 14 de octubre y ha podido documentar diversos casos de uso excesivo de la fuerza.
Uso excesivo de la fuerza y uso inapropiado de material antidisturbios
Amnistía Internacional ha observado diversos casos de uso excesivo de la fuerza, incluyendo un uso inapropiado e injustificado de bastones y otro equipo de defensa contra personas que no suponían ningún riesgo, incluyendo periodistas y personas que ya habían sido inmovilizadas por los agentes de seguridad y que a pesar de ello seguían siendo golpeadas en la cabeza y partes superiores del cuerpo.
Según información proporcionada por el Departamento de Salud de la Generalitat, 394 personas han sido atendidas por los servicios de emergencia, incluyendo 139 miembros de las fuerzas de seguridad.
“En estos momentos con tanta gente protestando en la calle, la prioridad de las autoridades debe ser reducir la tensión y permitir que cualquier persona que quiera expresar su opinión de forma pacífica pueda hacerlo de forma segura.”, ha declarado Marie Struthers, directora de Amnistía Internacional en Europa.



La organización ha documentado casos en que pelotas de goma o de foam han sido disparadas a muy poca distancia para dispersar multitudes, o bien utilizadas en lugares semicerrados como el parking o las inmediaciones del aeropuerto de Barcelona.
Como consecuencia, dos personas resultaron heridas de gravedad el 14 de octubre en el aeropuerto del Prat. Según información proporcionada por el hospital donde fueron atendidos, un chico de 22 años perdió el ojo por el impacto de un artefacto comparable a una pelota de goma o de foam. El segundo habría recibido un impacto en los testículos teniendo que ser intervenido quirúrgicamente.
“Es muy preocupante la forma en que el material antidisturbios está siendo utilizado en el marco de estas protestas. Es fundamental que todas las fuerzas de seguridad muestren total apego a los principios de necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza para responder a los actos de violencia de forma apropiada, y facilitar así que quienes se conducen de forma pacífica puedan continuar la protesta” ha declarado Marie Struthers, directora de Amnistía Internacional para Europa.
Según los estándares internacionales sobre uso de la fuerza, las pelotas de goma o de foam nunca deben utilizarse contra manifestantes pacíficos o en situaciones donde también puedan resultar heridas otras personas ajenas a las protestas. Debido al alto riesgo de lesiones graves, estos proyectiles no deben utilizarse para dispersar multitudes sino únicamente para frenar a quienes se conduzcan con violencia cuando sea factible efectuar disparos perfectamente dirigidos contra personas concretas que están teniendo un comportamiento violento. La utilización de estos proyectiles en contra de una multitud o de forma indiscriminada o indirecta, es decir produciendo rebote, debe estar prohibido.
Amnistía Internacional ha constatado también sobre el terreno el empleo de una práctica policial coloquialmente conocida como “carrusel”, consistente en hacer avanzar los furgones policiales hacia una concentración de personas, con el objetivo de lograr que estas se dispersen. La organización considera que estas maniobras revisten un elevado nivel de peligrosidad que pueden afectar a personas no involucradas en la manifestación y a quienes se encuentran protestando de forma pacífica.
“Las autoridades deben asegurarse que la decisión de dispersar una manifestación sea el último recurso cuando todos los otros medios menos restrictivos han demostrado ser ineficaces. Toda orden de dispersión debe ser explicada claramente dando tiempo suficiente a la gente para retirarse voluntariamente, y la fuerza utilizada debe ser siempre proporcional a la resistencia encontrada. Si el uso de la fuerza es necesario, las fuerzas de seguridad deben evitar causar lesiones a las personas que sólo se resisten pasivamente”, ha recordado Adriana Ribas, coordinadora de Amnistía Internacional en Cataluña.
y ver


P
rotesta por que 65 periodistas fueron agredidos por la policía
http://cort.as/-SyO2



sábado, 19 de octubre de 2019

Amnistía Internacional denuncia uso excesivo de la fuerza por parte de la Policía .

1-O: Amnistía Internacional denuncia uso excesivo de la fuerza por parte de Policía Nacional y Guardia Civil en Cataluña

AI confirma con sus observadores el uso peligroso e inadecuado de material antidisturbios, golpes a personas indefensas que no ofrecían resistencia, y pide una investigación exhaustiva, rápida e imparcial sobre los hechos
Amnistía Internacional ha confirmado sobre el terreno de forma directa que miembros de la Unidad de Intervención Policial (UIP) de la Policía Nacional y agentes la Guardia Civil usaron de forma excesiva y desproporcionada la fuerza contra personas que pasivamente se resistían, en la calle y a la puerta de centros de votación, en cumplimiento de la orden del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que ordenaba a las fuerzas de seguridad impedir la celebración de un referéndum. El Ministerio de Interior ha informado que las fuerzas de seguridad han intervenido y clausurado 92 centros de votación. Según datos de la Generalitat, el total de colegios electorales era de 2.315, de los cuales 400 fueron cerrados por mandato judicial.

Una delegación de Amnistía Internacional formada por cinco personas ha estado monitoreando la situación en Cataluña desde hace varios días, incluyendo la tarde del sábado 30 de septiembre y el domingo 1 de octubre y ha visitado numerosos centros de votación durante todo el fin de semana, recopilando diversos testimonios y declaraciones.

Según los datos proporcionados por la Consejería de Salud de la Generalitat, hasta las 12 horas de hoy lunes, el domingo 1 de octubre se habría asistido por heridas, contusiones o afectaciones de la salud a 893 personas en los centros de atención primaria y hospitales como resultado de la acción policial. Dos heridos graves están ingresados en el hospital de Sant Pau y Vall d’Hebron. La mayoría de los heridos estarían en la región sanitaria de Barcelona. Según fuentes del Ministerio del Interior, habría 19 agentes heridos de la policía nacional y también 14 agentes de la Guardia Civil. Diversas imágenes también muestran actitudes violentas de algunos manifestantes contra agentes de la Guardia Civil y Policía Nacional. Un agente de la Guardia Civil resultó herido después de que se le lanzase una silla en el centro de votación de Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona)






“Está claro que varias de las actuaciones de los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil se han saldado con un uso excesivo e innecesario de la fuerza, una utilización peligrosa de material antidisturbios,  y han provocado centenares de heridos, contusionados y afectados que protestaban pacíficamente”, ha afirmado John Dalhuisen, director de Amnistía Internacional para Europa y Asia Central.
Conforme a estándares internacionales, los agentes encargados de hacer cumplir la ley pueden usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesaria para el ejercicio de las funciones que tienen encomendadas. Las actuaciones para garantizar el cumplimiento del mandato del TSJC debe estar en línea con los estándares internacionales sobre uso de la fuerza.  Amnistía Internacional considera que en muchos casos, los agentes de la Policía Nacional y la Guardia Civil hicieron uso desproporcionado de la fuerza.

La organización de derechos humanos ha podido documentar también el uso peligroso e inadecuado de material antidisturbios, como pelotas de goma, por parte de agentes de la Policía Nacional en, al menos, la calle Sardenya con calle Diputació, en Barcelona. Dos observadores de Amnistía Internacional fueron testigos de la carga policial de los agentes, que intentaban abrirse paso después de que un grupo de manifestantes se sentasen en la calle con objeto de impedir el paso de furgones policiales tras su intervención en el colegio público Ramon Llull con el objetivo requisar las urnas que allí se encontraban.

Casi a la media hora de ser bloqueados por los manifestantes, los agentes se abrieron paso golpeando a manifestantes con sus defensas de goma. Al mismo tiempo algunos agentes dispararon cartuchos de fogueo lo que provocó que la gente se levantase y empezara a dispersarse. Los furgones policiales avanzaron con rapidez por la calle Sardenya. Mientras tanto, algunos manifestantes lanzaron objetos contra los policías, que seguían disparando salvas. Según los testimonios que ha recabado la organización, en su retirada, los agentes también dispararon pelotas de goma a escasa distancia de los manifestantes que corrían detrás de ellos, hiriendo al menos a dos personas. Al parecer, una de ellas en la pierna, y la otra en el ojo derecho, ésta última operada quirúrgicamente en el hospital de Sant Pau, donde se encuentra ingresada.

Amnistía Internacional recuerda que las pelotas de goma pueden causar graves lesiones, especialmente si impacta en la cabeza, cara o parte superior del cuerpo. Los estudios médicos han mostrado un mayor riesgo de muerte o lesiones graves si los proyectiles impactan en la cabeza o la parte superior del cuerpo. La probabilidad de que tales proyectiles causen lesiones graves se incrementa por la imprecisión general y la falta de fiabilidad de la mayoría de lanzadores y proyectiles.
Las pelotas de goma (o balas de goma) utilizadas por la policía nacional y la guardia civil son intrínsecamente inexactas y no pueden utilizarse de manera segura o de conformidad con los estándares de derechos humanos y por tanto deben prohibirse.

La organización también ha recibido testimonios y ha visualizado imágenes que muestran como los agentes han utilizado material antidisturbios y un uso excesivo de la fuerza contra personas que se concentraban en los alrededores de algunos colegios, como en el caso de la Escuela Mediterrània en el barrio de la Barceloneta de Barcelona. Imágenes aparecidas en medios de comunicación muestran como, fuera de este centro, algunos policías golpeaban a personas indefensas sin que hubiera ninguna amenaza aparente. Un agente de la policía, por ejemplo, golpea a una mujer en el cuello y la cara, en al menos dos ocasiones, sin que medie aparente provocación. Igualmente en las mismas imágenes se observa como otro agente de la policía nacional golpea a un hombre que también se encontraba frente al colegio con un puñetazo en la cara. De la misma forma, las imágenes captadas en Sant Joan de Vilatorrada (Barcelona) muestran como un agente de la Guardia Civil  golpea con sus defensas de goma en la cara de algunos manifestantes  que rodean el centro de votación
Esta forma de actuar contrasta con los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego para los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley de Naciones Unidas que indican que las porras y otros dispositivos de similar impacto no deben utilizarse contra personas que no muestren una conducta amenazadora o agresiva. Cuando su uso sea inevitable, los agentes deben evitar causar lesiones graves; deben prohibirse los golpes con porras dirigidos a la cabeza, el cuello, la garganta, la columna vertebral, la región lumbar, el plexo solar, las rodillas, los tobillos y partes vitales del cuerpo.

Finalmente, Amnistía Internacional recuerda que, mientras los participantes de una reunión o manifestación no opongan resistencia violenta a la policía, ésta no puede usar la fuerza. Cuando la conducta de los manifestantes sea simplemente de resistencia pasiva al cumplimiento del objetivo policial, la fuerza debe ser mínimamente necesaria y siempre proporcionada al objetivo que se quiere conseguir. En opinión de la organización, imágenes del desalojo del Instituto Pau Claris, situado en el Passeig Lluís Companys de Barcelona demuestran como algunas de las personas que se encontraban allí concentradas son fuertemente golpeadas y empujadas violentamente por agentes de Policía, incluso en casos donde no se aprecia resistencia alguna.

“La Policía Nacional y la Guardia Civil han sido claramente obstaculizadas en el ejercicio de sus funciones en numerosos centros de votación, pero existe mucha información disponible que demuestra que agentes de policía han hecho un uso excesivo y desproporcionado de la fuerza y estos actos deben ser investigados, los responsables llevados ante la justicia y estos hechos nunca deben repetirse en el futuro”, ha afirmado Esteban Beltrán, director de Amnistía Internacional España.

Amnistía Internacional exige que se abra con urgencia y sin demora una investigación exhaustiva, inmediata, e imparcial por parte de las autoridades españolas sobre el uso excesivo y desproporcionado de la fuerza de miembros de la policía nacional y la guardia civil. Todo uso de la fuerza por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley debe llevarse a cabo de modo que cumplan con el derecho y las normas internacionales y ser objeto de revisión. Si la investigación concluye que ha habido un uso excesivo de la fuerza, los responsables deben ser sometidos a los procedimientos penales o disciplinarios oportunos. El uso abusivo de la fuerza por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley debe tratarse como un delito.
AI denuncia  fuente..


y ver ...LO DE AHORA .. https://www.es.amnesty.org/en-que-estamos/noticias/noticia/articulo/espana-cataluna-las-autoridades-deben-desescalar-la-tension-y-garantizar-el-derecho-de-reunion-paci/

  

Porrazos, cargas, detenciones… Las redes se hacen eco de los excesos policiales en Catalunya

  https://www.publico.es/tremending/2019/10/19/porrazos-cargas-detenciones-las-redes-se-hacen-eco-de-los-excesos-policiales-en-Catalunya/

Hay mas denuncias de violencia policial , reproducidas en peridicos nacionalistas en este caso pero los tuits fotográficos son ciertos

 y ver ...https://translate.google.es/translate?hl=es&sl=ca&u=https://www.elnacional.cat/ca/politica/iridia-actuacio-descontrolada-policia_432224_102.html&prev=search 

 Y ver

 https://translate.google.es/translate?hl=es&sl=ca&u=https://www.elnacional.cat/ca/politica/agressions-detencions-periodistes-protestes_432221_102.html&prev=search



viernes, 18 de octubre de 2019

El quilombo judical con el proceso. .


Sentencia 'procés'

El Congreso suspendió como diputados a los presos del 'procés' por un delito que el Supremo ha descartado

La Mesa de la Cámara acordó suspender a los diputados presos bajo el pretexto de estar procesados por rebelión, pero el Supremo no ha condenado a los dirigentes por este delito. Algunos expertos apuntan a "defectos de forma y de fondo" en la suspensión.



 Alexis Romero .


La sentencia del denominado juicio del procés tuvo un camino jurídico con parada obligatoria en el Congreso de los Diputados. Hasta cinco de los dirigentes condenados (Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Jordi Turull, Josep Rull y Raül Romeva) fueron incluidos en las listas al Congreso y al Senado en las pasadas elecciones generales del 28 de abril. Su concurrencia como candidatos fue aceptada por los órganos de arbitrio del proceso electoral (la Junta Electoral Central) e, incluso, llegaron a formalizar sus cargos como diputados al recoger el acta en la sesión constitutiva del Congreso.

Sin embargo, esta condición no se mantuvo durante mucho tiempo, ya que, apenas unos días después de tomar posesión de sus cargos, la Mesa de la Cámara Baja acordó la suspensión de los parlamentarios, con el acuerdo de PSOE, PP y Ciudadanos y el voto en contra de Unidas Podemos. De facto, esta decisión los despojaba de sus derechos como diputados y permitía al Tribunal Supremo continuar con el juicio, que ya había avanzado sobremanera en el proceso.

La decisión fue entonces criticada, y los partidos catalanes en la Cámara trataron de impugnarla. Ahora, tras la publicación de la sentencia por parte del Tribunal Supremo, las críticas y las dudas jurídicas vuelven a sobrevolar el Congreso .El acuerdo no estuvo exento de polémica, ya que la Mesa decidió aplicar un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) y no seguir su propio Reglamento, que precisaba de una posible paralización del juicio forzada por el suplicatorio que debía hacer el Supremo al Congreso, una suerte de petición por parte del tribunal dirigido a la Cámara para poder juzgar a personas aforadas, como en el caso de los diputados.

Los letrados elaboraron un informe que dejó la decisión en manos de la Mesa, pero donde también especificaban que la situación de los presos (procesados por un delito de rebelión) motivaba una suspensión automática en virtud de la aplicación del artículo 384 Bis de la Lecrim.

Este artículo establece que "firme un auto de procesamiento y decretada la prisión provisional por delito cometido por persona integrada o relacionada con bandas armadas o individuos terroristas o rebeldes, el procesado que estuviere ostentando función o cargo público quedará automáticamente suspendido en el ejercicio del mismo mientras dure la situación de prisión".

Es decir, la Mesa suspendió de sus derechos y funciones como diputados a los presos del procés bajo el pretexto de estar acusados y procesados por rebelión. Sin embargo, la sentencia del Supremo finalmente no ha contemplado este delito, y la condena se ha producido por los delitos de sedición y malversación.

"La decisión era del Supremo, no del Congreso"

Con estas consecuencias jurídicas, algunos expertos, y también algunas fuentes parlamentarias, apuntan a “defectos de forma y de fondo” en la supresión de los diputados catalanes. Este es el caso del experto en Derecho Constitucional y exletrado del Tribunal Constitucional Joaquín Pablo Urías, que califica de “disparate jurídico” la decisión.

A su juicio, es el Tribunal Supremo el que debería haber aplicado la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y no el Congreso. “El Congreso aplica la Lecrim, a pesar de que no le correspondía”, apunta en cuanto a las formas. Sobre el fondo, el experto critica que, en la fase tan avanzada del juicio en la que se produce la suspensión, “El Supremo, sabiendo que no había rebelión, le pasó la pelota caliente al Congreso”.. A unos diputados electos les han impedido que conserven sus derechos por un delito que nunca habían cometido. Han obligado a la Mesa a hacerlo, y la Mesa ha limitado injustamente sus derechos. La Mesa toma una decisión que no le corresponde, ya que le corresponde al Supremo”, insiste Urías.

En esta línea también apuntan algunas fuentes parlamentarias conocedoras del informe de los letrados, aunque precisan que “el acto jurídico del Supremo, que en aquel momento era procesarlos por rebelión, sí que era aplicable”. También ven algunos defectos de forma en la suspensión, ya que, recuerdan estas fuentes, “la Mesa tiene una función esencialmente de calificación y algunas funciones disciplinarias en base a su propio Reglamento.
 Hay dudas de dónde derivan las facultades de la Mesa para aplicar el auto de procesamiento. En el Reglamento no existe un precepto concreto sobre que la Mesa pueda ejecutar consecuencias de un procedimiento jurídico en curso”. La que fuera vicepresidenta primera de la Mesa de la Cámara en la pasada legislatura y diputada de Unidas Podemos (que votó en contra de la suspensión), Gloria Elizo, asegura que la decisión del órgano fue la de “aplicar un artículo de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cuando no tiene competencia para ello”.

“El Congreso podría haberlo hecho (aplicar la Lecrim) con una sentencia previa del Supremo. El Congreso acata sentencias y resoluciones, pero no decide sobre procedimientos judiciales”, explica. Para Elizo, una de las claves es que la suspensión se votó en la Mesa, pero “si la decisión responde al acatamiento de una resolución judicial, no hace falta votar nada ni tomar decisiones, porque estás acatando una sentencia y la suspensión es automática”.

Fuentes parlamentarias apuntan a que, en un primer momento, cuando el Supremo necesita de la suspensión del Congreso a estos diputados para continuar con el juicio, la presidenta de la Mesa, Meritxell Batet, solicita al tribunal una resolución para motivar una decisión del órgano. Sin embargo, la sala presidida por Manuel Machena rechaza esta opción y defiende que "el Supremo no elabora informes para el Congreso".

Al no existir una resolución por parte del tribunal, el Congreso no puede limitarse simplemente a acatar una norma del Supremo, y de ahí, apuntan estas mismas fuentes, viene la necesidad de que la Mesa precise de una votación para adoptar un acuerdo, pese a que el informe de los letrados especificaba que la suspensión debía ser automática. Sin embargo, en el informe también se recogía que, pese a que no existía una notificación formal por parte del Supremo, debía entenderse que "se da el precepto" para aplicar la Ley de Enjuiciamiento Criminal. "El Congreso excede sus competencias y toma una decisión que afecta a un procedimiento jurídico que todavía no tiene sentencia", concluyen estas mismas fuentes.
fuente  ... https://www.publico.es/politica/sentencia-proces-congreso-suspendio-diputados-presos-proces-delito-supremo-descartado.html .


 Nota 1  del blog .-

Primero ; se saltan  el juez natural

Segundo; se saltan el Tribunal Superior de Cataluña

Tercero; los acusan de rebelión para justificarlo y luego no es.

Cuarto; pasan al TS a los no aforados.

Quinto ;los juzgan a todos en conjunto sin individualización penal

Sexto ; violan la inmunidad parlamentaria con trucos

Séptimo;  el Parlamento no podía aplicar  la ley de enjuiciamiento criminal pero la aplican

Octavo ; impiden  a los no aforados  el recurso de primer instancia.

Noveno ,  y todo esto nos dicen que es Estado de Derecho

Décimo ,  filtran la sentencia antes de  comunicarla a los inculpados

Onceavo ; publican la sentencia en precampaña electoral para impedir de soltarlos unos días

Doceavo ;  se cargan en sentencia derechos fundamentales como el de reunión y manifestación

Treceavo ; el juez/es de forma insólita  hace declaraciones por dos veces sobre  la sentencia

Catorceava ; Al publicar al sentencia en precampaña electoral todo gira en torno a Cataluña.

 Quinceava ; con lo cual confirman que no se puede gobernar España sin solucionar lo de Cataluña
 Dieciseisava ;Incluso la sentencia dice que el referéndum fue una auténtica pantomima. Y hacer un referéndum "ilegal" no está penado en nuestro país.

 
Nota  2 del blog.- 

Ya lo hicieron con los de Alsasua,  enjuiciados en la Audiencia Nacional para, después, a toro pasado, reconocer que no había terrorismo,... cuando YA es tarde para ellos puesto que YA se les ha negado el derecho al juez natural .  



Nota 3 del blog .- Quilombo tiene varios significados , en este caso quiero decir desastre , por no poner esperpento. ,

Nota 4 del blog..

La única forma de extraditar a Puigdemont o otros es por malversación . pero entraran a examinar el juicio , por sedición no hay extradición en las eurordenes, pero pedir la extracción solo por malversación no lo harán , ya no lo hicieron antes con Alemania.. ni con otros estados.. juzgar  solo por malversación después de sentencia canta . Habiendo condenado a los demás por sedición . Y Puigdemont era el jefe . Y el juez solo hace marear la perdiz a la turca. La  justicia es ciega y la venganza  más ciega todavía. Si los hubieran juzgado por  malversación y inhabilitado años  no tendrían problema , ni políticos en la cárcel  y siguen los juicios .



 ver .. las eurordenes


Comunicado de un Foro de Abogadas/os sobre la sentencia del TS.




Comunicado del Foro de Abogadas/os de Izquierdas-Red de Abogados/as Demócratas ante la sentencia condenatoria del Tribunal Supremo contra diversos representantes políticos de Cataluña



El Foro de Abogadas/os de Izquierdas-Red de abogados/as Demócratas quiere mostrar su profundo desacuerdo con el contenido de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo contra diversos políticos catalanes por el denominado Procés. No podemos compartir la tipificación que hace la Sala de los hechos sucedidos en Cataluña entre septiembre y octubre de 2017, toda vez que se ha utilizado el delito de sedición para sancionar lo que debe catalogarse como el mero ejercicio del derecho de reunión y manifestación, sin que sea comprensible que actos de resistencia pasiva puedan concretarse en una dura condena por el delito de sedición para los dirigentes del independentismo catalán.

 El hecho de que finalmente no se haya optado por una condena por rebelión no puede conllevar blanquear la condena por sedición considerándola como justa y proporcionada, todo lo contrario una vez que se adivina con cierta facilidad que se ha utilizado el tipo de rebelión para generar una expectativa de hiper desproporción que luego sirviese como anclaje para encauzar con calzador una injusta condenada por sedición. Todo ello sin obviar que se usó durante la instrucción el tipo de rebelión para justificar la aplicación del art 384 Bis LECrim y  suspender así de sus cargos electos a los encausados que habían sido elegidos diputados.  

Debemos advertir con severidad que esta sentencia genera prima face un efecto absolutamente indeseado sobre el ejercicio de derechos fundamentales, en este caso lo que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha calificado en diferentes resoluciones como un «efecto desaliento o disuasorio» del ejercicio de derechos fundamentales, es decir, que la ciudadanía deje de ejercer un derecho fundamental por temor a posibles sanciones coercitivas. Y lo que sería igual de importante, puede conllevar una escalada represiva sobre los movimientos sociales o populares que por la vía del derecho de reunión pacifica quieran expresar su disconformidad o disidencia

frente al  modelo de estado legalmente vigente o contra el orden socioeconómico. Con esta sentencia nuestra justicia se adentra aún más en un peligroso camino discursivo que puede acabar justificando, jurisprudencialmente, la represión de todo tipo de disidencia que choque con el poder establecido.  

A estas consideraciones críticas que hacemos respecto de la sentencia del Tribunal Supremo, compartidas por gran número profesores, juristas y asociaciones de profesionales del ámbito del derecho, debemos igualmente llamar la atención sobre diversas irregularidades que se han producido durante el proceso, como es la más que dudosa competencia del Tribunal Supremo para enjuiciar estos hechos,  la ausencia del derecho de apelación de los no aforados ( o doble instancia de revisión de sentencia) o la ausencia una verdadera contradicción de las defensas ante las continuas interrupciones y limitación de preguntas por parte del presidente de la Sala, Sr. Marchena.

Debemos igualmente sumarnos a las denuncias de proceso irregular y sin todas las garantías puestas de manifiesto por los observadores internacionales que recibieron el mandato de la Federación Internacional de Derechos Humanos –la FIDH, que representa a 184 organizaciones de 112 países– y de la Red Euromediterránea de Derechos Humanos –EuroMed Rights, que agrupa a más 80 organizaciones, instituciones y personas en 30 países de la región, entre ellas ELDH de la que forma parte el FAI RADE – y que han publicado su informe sobre el proceso judicial abierto a raíz del referéndum celebrado el 1-O y cuyas conclusiones son extremadamente desalentadoras sobre la calidad democrática de este proceso.  

A todo ello, el Foro debe añadir su preocupación por el cariz político de las decisiones adoptadas  por el Tribunal Supremo  ya que son contraproducentes para la búsqueda de una solución dialogada a la encrucijada política que se vive Cataluña. 

Por último, queremos mostrar nuestra solidaridad con las personas condenadas y que en esta causa se encuentran en estos momentos privadas de libertad, con sus familiares y allegados, así como con los y las abogadas que están trabajando y que sobrellevan una labor de indudable cariz humanitario. Hacemos un llamamiento al respeto al estado de derecho y a todas las garantías y derechos fundamentales que todas las personas tienen garantizados y a la pronta puesta en libertad de las personas que se encuentran privadas de libertad. 



15 de octubre de 2019. 

Foro de Abogadas/os de Izquierdas-Red de Abogados/as Democratas  


 Nota del blog . España - Cataluña ,esta en toda la prensa internacional y lamentan el fracaso de los gobiernos incluido el de Rajoy en el dialogo y algunos que se recurriera a la  judicialización de la política