lunes, 30 de julio de 2018

Justicia Patriarcal (II) . Venganza judicial .

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Justicia Patriarcal (II)
Venganza judicial

www.publico.es

Sobre el machismo estructural que domina la vida interna de la jurisprudencia española ejemplificado en el caso de Juana Rivas.

La sentencia dictada por el juez  Manuel  Piñar contra Juana Rivas  ha mostrado, una vez más, cómo el poder patriarcal tiene su arma más eficaz en la judicatura. Esa sentencia no sólo se ha dictado porque, según relata, él no crea que Juana ha sufrido violencia de género, sino fundamentalmente para vengarse de la desobediencia de una mujer que se ha atrevido a enfrentarse a las sacrosantas resoluciones judiciales, y que llegó, en el colmo de su soberbia, a desaparecer durante el largo espacio de tiempo de un mes, en el que ni las fuerzas de seguridad pudieron dar con ella.
La venganza se ha cumplido, aunque el juez no lo expresa de tal manera. Redacta una sentencia en la que las pruebas aportadas por la defensa no tienen ninguna presencia. Ni la condena por violencia de género en 2009 que le acarreó a Francesco Arturi, el marido, perder la custodia del hijo mayor Gabriel, ni la nueva denuncia presentada en Granada hace dos años que no ha sido tramitada nunca, aparecen mencionadas en la sentencia. Simplemente el juez se limita a afirmar que los hechos alegados por Rivas “son inexistentes”, “no son creíbles” y “responden a una estrategia para conseguir la guardia y custodia de sus hijos “explotando el argumento del maltrato”.
El caso de Juana le ha servido a Piñar  para volver a aplicar su convicción de que las mujeres son mentirosas, astutas y abusan de los hombres. Como en el caso de una sentencia que dictó en 2011, por la que condena a una mujer por denuncia falsa. En ella Piñar se explaya contra la fiscalía y contra la propia ley integral contra la violencia de género. Mientras la fiscalía pedía la absolución, el juez acabó condenando a la mujer a año y medio de cárcel por denuncia falsa y presentación de falsos testigos. Afirmó que la mujer actuó de mala fe y sabiendo que lo que denunciaba no era cierto, con el propósito de “inferir un mal a su exmarido amparándose en el rigor tuitivo de la legislación de protección de violencia de género“. Esta frase puede leerse casi textualmente ahora en la sentencia de Rivas.
En la sentencia, Piñar llega incluso a relacionar lo que considera como “excesivo celo ideológico de proteger a la mujer” con “el principio de oportunidad que legislaciones autoritarias atribuían a fiscales” que estaban “al servicio de Hitler o Stalin”.
Obsesionado con lo que denomina el rigor tuitivo de la legislación de protección de violencia de género“, frase que repite en diversas sentencias desde 1999, Piñar no solo manifiesta su misoginia sino que tiene la satisfacción de poder cumplir su ansia vengativa con el poder que le concede nuestra Constitución.
Y ciertamente hay que defender y mantener la independencia del poder judicial, que ya hemos sufrido bastante cuando estaba sometido al poder político, pero la ciudadanía debería exigir también que hubiera un control eficaz sobre las personas que van a sentarse en el estrado de la magistratura y a disponer de la vida, la felicidad y los bienes de los justiciables.
He repetido que la Escuela del Poder Judicial es la Escuela del machismo. Allí, a los recién llegados de las oposiciones cuya dureza y exigencias corresponden únicamente a las que se celebraban en el Imperio Chino, y por tanto obsesionados con conocer todos los vericuetos de la ley y repetirlos como mecaninfos,  se les explica que las mujeres presentan denuncias falsas de maltrato y es preciso investigarlas antes de proceder a admitirlas.
El examen psicológico no es más que un test propio de un libro de autoayuda. Insertos en el sistema patriarcal para el que les ha preparado la escuela, la familia, la enseñanza religiosa, los medios de comunicación, la organización social, aquellos y aquellas que se preparan para jueces llevan a tan excelsa actividad el bagaje que señala a la mujer como la causante de todos los males del hombre y de la familia, a tenor de lo que predicaban los Padres de la Iglesia.
Si a ello agregamos, ¡y cómo no hacerlo!, la nefasta tradición de prepotencia, alejamiento e indiferencia por las necesidades humanas a que el sistema franquista les troqueló y nos acostumbró a los sufridos ciudadanos, la judicatura de nuestro país se está ganando la peor fama de las instituciones. En ella no entraron las reformas que incompletas pero definitivas se hicieron en el poder político y el militar.
Pero no podremos avanzar en construir una democracia creíble, no voy a decir feminista, mientras la judicatura no haga las reformas imprescindibles para estar al servicio de la ciudadanía a la que se debe.
Y mientras no aprenda que las mujeres también somos ciudadanas y no esclavas.

Fuente: https://blogs.publico.es/lidia-falcon/2018/07/29/venganza-judicial/

sábado, 28 de julio de 2018

Justicia Patriarcal .-La misoginia .

Justicia Patriarcal
La letra pequeña de la sentencia de Juana Rivas

www.publico.es

Análisis de los detalles judiciales de la sentencia a Juana Rivas que evidencia un clara perspectiva machista y patriarcal de la jurisprudencia española.

Ya tenemos sentencia del caso Juana en la que la justicia se limpia las manos frente a la vulneración de diversos artículos , como estaba previsto. Pero vayamos al grano, que es el fallo dictado y firmado, casualmente, el mismo día que se celebra el juicio. Lo que crea una duda de si no estaba más que previsto. Aunque la sesión fue larga, se despacha el asunto en el mismo día, como si el tema se tratara de un simple robo y no de una víctima y la vida de unos menores. Leer la sentencia, incluso a quienes se han manifestado en contra de Juana este tiempo, debería producir vergüenza dada la irresponsabilidad de alguno de sus párrafos. Y si no se la produce, es que tenemos un problema grave dentro de la justicia y la sociedad, o bien ya hay un nivel obsesivo en atacar a Juana. Aquí algunos de esos párrafos:
1.- “No se aprecia malos tratos como origen de ese estrés derivado solo por una percepción de la convivencia familiar, en la que como suele ocurrir, seguramente había momentos de tensión, desacuerdos, disputa o discusión, pero de ahí al maltrato hay una diferencia”.
Con ese “de ahí al maltrato hay una diferencia” el magistrado muestra, como tantos otros, que hay una línea de maltrato solo reconocida por la justicia que es la del asesinato (a veces rebajado a homicidio). Un magistrado con formación sobre violencia de género sabe que no hace falta que un agresor te toque para anularte la autoestima y matarte, prácticamente, en vida. Es esta la razón por la que el maltrato psicológico, casi siempre, es ninguneado por la justicia española cuando la raíz de todo tipo de maltrato procede de ahí, que es el que consigue la anulación de la víctima. Un magistrado con formación conocería que una simple luz de gas, de forma continua sobre la mujer, tiene un efecto aniquilador.
2.- “No explicó ni se comprende que si fue maltratada en Italia entre 2012 y 2016, al nivel que ella dijo, de tortura y terror, no denunciara allí al momento en que se producía cada uno de los varios episodios que tuvieron lugar, según ella, tratándose de un país con una legislación y cultura de rechazo a estas conductas, similar a la nuestra. Si hubiera residido en otro país con una cultura de las que manifiestamente no combaten el maltrato, sería comprensible que no hubiera denuncia e incluso podría tener sentido haber callado los hechos hasta en su círculo más íntimo. Pero no es el caso de Italia. Y ni en este país, ni en España inicia actuación alguna en respuesta a esos supuestos episodios, ni siquiera aporta dato alguno indiciario de haber tenido lugar alguno de ellos, a nivel incluso de haberlo contado a familiares o allegados”. (p.6)
Un juez con formación de perspectiva de género no le haría falta explicación y comprendería por sí solo que una mujer, en muchas ocasiones, no puede denunciar ni pedir ayuda dentro de la espiral del maltrato. Por eso las matan. Por eso las asesinan. Sobre todo en situaciones de aislamiento (recuerden dónde vivía Juana en Italia). Un juez con formación de perspectiva de género sabría también que no es verdad lo que indica sobreItalia, dado que en marzo de 2017 Estrasburgo condenó a Italia por su ineficiente lucha contra la violencia machista. País donde una mujer es asesinada cada 72 horas y donde rociar a las mujeres con ácido era la “última arma” de la violencia machista en el país el año pasado.
3.- Después encontramos varios párrafos y frases llamativas donde se acusa a Juana de “renuente cinismo”, además de considerar que todo fue un plan para obtener ventajas procesales. Léanse… “Los hechos muestran que ella decide separarse en el verano de 2016 y por si misma o porque alguien le asesora, se percata que hay un escollo importante con la guarda y custodia de los dos niños y para obtenerla a su favor, decide explotar el argumento del maltrato (p.7)”. Después relata todo un plan minucioso para presentar una segunda denuncia. Y señala que “orquesta una campaña valiéndose de medios de comunicación y organismos públicos, que le dan su incondicional apoyo, todo ello con la mal calculada creencia de que así no tendría ventajas a su favor” (p. 7).
En este párrafo no sólo se comete la irresponsabilidad de señalar sobre Juana la previsión de un plan sino que deja entrever una constante manipulación del proceso y de la leyes procesales en beneficio, enmarcado en un contexto de táctica habitual. Es decir, una ley que está para proteger a la víctima (y recuerden que la ley 1/2004 fue aprobada por unanimidad en el Congreso de los Diputados y que el Congreso representa la voz de toda la ciudadanía), este magistrado la desconsidera. Sobre la supuesta campaña de medios de comunicación, este magistrado puede leer el informe que yo, como doctora en Periodismo, presenté en el Tribunal de Violencias Machistas el año pasado , donde queda demostrado que fue Francesco Arcuri el primero en pisar platós de televisión para desacreditar a Juana y el esfuerzo constante de algunos medios en dar voz a vecinos que dejaran impoluta la imagen de Arcuri, para destrozar la de Juana, calificándola de “mala madre”.
4.- “Predicar a los cuatro vientos que una persona maltrata, tortura y aterra a su familia, e incluso, que ha golpeado al hijo mayor, cuando no hay una condena firme, ni siquiera una investigación en trámite, y arengar a una multitud irreflexiva y visceral, para hacerla cómplice de ese escarnio, tratando de que la apoye de forma más o menos explícita, es una afrenta que muestra una voluntad dañina y lesiva de elementales derechos (…) “La sensibilidad social que hay sobre la lacra del maltrato, ha llevado a muchas personas a aislar al maltratador convicto; a señalarlo y rehuirlo a la hora de una oferta de trabajo, de un negocio y de muchos otros aspectos de la vida social que van más allá del rechazo personal y afectan a lo económico”.
Que un magistrado predique a los cuatro vientos (usando sus palabras) en una sentencia que no hay investigación en trámite cuando la denuncia de 2016 de Juana están en el limbo, en Italia, es cuanto menos irresponsable. Calificar de “multitud irreflexiva y visceral” a compañeras del movimiento feminista, que incluye a juristas y expertas como Dones Juristes, es otra gran irresponsabilidad. Que dé a entender que los agresores no pueden rehacer sus vidas cuando son muchas de ellas las que no pueden hacerlo porque están asesinadas bajo tierra o las que viven en casas de acogida sin poder salir a hacer vida normal, es otra tremenda irresponsabilidad. Acusar a Juana en toda la sentencia de que sabía lo que hacía (siendo mujer maltratada) cuando tenemos de hace dos días a un guardia civil de La Manada condenado en primera instancia por abuso sexual, y que nos dicen casi que por despiste o descuido pidió su pasaporte cuando no puede salir del país, muestra una vez más la cara más patriarcal de la justicia.
Pero claro, de qué asustarse. El nombre del juez Manuel Piñar, titular del juzgado penal 1 de Granada, ha saltado en varias ocasiones por sus fallos insólitos. Una, de 1999 , cuando las asociaciones feministas ya tildaron al magistrado de machista tras rebajar la indemnización de una accidentada “porque su cicatriz sólo se ve en situaciones íntimas” e indicaba, además, que “la secuela podría ser un elemento de atracción física”. Otra sentencia polémica con su firma fue en 2008 cuando calificó los controles de alcoholemia de “inquina persecutoria” por atentar, según él, contra la igualdad. O la peor de todas, de 2011 , donde ataca a la Fiscalía General del Estado y a la ley sobre violencia de género. Indica que hay un “excesivo celo ideológico de proteger a la mujer” y lo relacionó con “el principio de oportunidad que legislaciones autoritarias atribuían a fiscales (…) y que estaban al servicio de Hitler o Stalin, aunque ninguno de los dos se atrevió a plasmarlo en leyes”.
La letra pequeña de la sentencia evidencia la irresponsabilidad y peligro con el que la (in)justicia patriarcal deja expuesta a las víctimas. Aunque cabe recurso en el caso Juana, quizás, algún día, la sentencia de este magistrado y sus palabras acaben en instancias internacionales y en la ONU, como el caso de Ángela González. Y el Estado deberá de volver a asumir y reparar la violencia institucional que sus operadores jurídicos ejercen sobre las víctimas.
Fuente: https://blogs.publico.es/dominiopublico/26165/la-letra-pequena-de-la-sentencia-de-juana-rivas/


 y más ..


 El juez que condena a Rivas reproduce los mismos argumentos machistas en varias sentencias desde 1999

A lo largo de los años, este juez ha expresado claramente su ideología en contra de la Ley de Violencia de Género, con frases muy similares o idénticas a las que este viernes usó en la sentencia contra Juana Rivas. 




El fantasma del terrorismo anarquista que nunca existio ..





  La extraña historia del grupo anarquista vegano que ha sido absuelto por la Justicia


Alejandro Torrús

El grupo anarquista vegano Straight Edge fue acusado de terrorismo e incluso uno de sus miembros fue encarcelado durante un año y cuatro meses. Ahora, la Audiencia Nacional dice que no hay ningún delito y absuelve a todos sus miembros.

Todo lo que ha sucedido alrededor del grupo anarquista vegano Straight Edge es tan surrealista que parece difícil de creer. Primero, fueron procesados por terrorismo por la Audiencia Nacional y uno de sus miembros, Nahuel, pasó un año y cuatro meses en prisión. Después fueron acusados de un delito de enaltecimiento del terrorismo con una lista de tuits que incluía la frase “Goku vive, la lucha sigue”. Y ahora, casi tres años después, han sido absueltos poniendo fin a una pesadilla judicial que para el joven Nahuel supuso pasar casi un año y medio en la cárcel sin haber cometido ningún delito. La jueza que llevó la mayor parte de la instrucción del caso fue Carmen Lamela, hoy flamante miembro del Tribunal Supremo.  ( recordemos que esta jueza es la misma del caso Alsasua y   del proceso catalán , en la Audiencia  Nacional y otros casos )
“Estoy muy contento con la sentencia. No coincido con el relato de hechos probados que recoge, pues no todo lo que aparece bajo esta rúbrica es cierto, pero lo más importante de esta sentencia es su conclusión: de lo investigado se advierte la existencia de comentarios y afirmaciones en una posición de rebeldía, pero no por ello son ataques al Estado y sus instituciones; y por tanto no son delictivos”, ha señalado a Público Daniel Amelang, abogado de una parte de los acusados.

Todo comenzó en noviembre de 2015. Unos meses después, Lamela se incorporó al juzgado y retorció el concepto de terrorismo hasta nuevos límites

Todo comenzó en noviembre de 2015. Unos meses después, Carmen Lamela se incorporó al Juzgado y retorció el concepto de terrorismohasta nuevos límites. Consideró, con la inestimable ayuda de los informes de inteligencia de Policía Nacional, que varios productos de limpieza e incluso una sopa de lombarda constituían un indicio serio de tenencia de explosivos. Así, también entendió que el colectivo Straight Edge, al que acusaba de varios ataques a cajeros automáticos, constituía un comando terrorista.

Con el apoyo de Fiscalía los hechos fueron calificados como constitutivos de delitos que llevaban aparejadas penas de prisión que sumaban hasta 35 años. El líder de la organización, Nahuel, fue enviado a prisión preventiva en régimen F.I.E.S. (Ficheros de Internos de Especial Seguimiento). En prisión, aunque no siempre en aislamiento, estuvo encerrado durante un año y cuatro meses. La magistrada consideraba, en su auto de procesamiento, que los acusados “se constituyen y comportan como una organización criminal con finalidad terrorista” con vínculos con otras organizaciones terroristas como los Grapo o el Grupo Anarquista Coordinado.

Con el paso de los meses, sin embargo, la causa de Lamela se fue desinflando. No había pruebas que pudieran sostener que los acusados habían perpetrado ataques contra cajeros automáticos y mucho menos que tuvieran vínculos con una presunta organización internacional anarquista dedicada a sembrar el terror. De hecho, esa organización no existía, tal y como se demostró en la Audiencia Nacional en otra de las causas más extrañas que ha vivido la Audiencia Nacional en los últimos tiempos.

Así, casi tres años después de su detención por parte de la Policía como un grupo terrorista, la Fiscalía de la Audiencia Nacional rectificó su propio relato y archivó la acusación de pertenencia a organización terrorista, daños y tenencia de explosivos. La causa, no obstante, seguía adelante ya que ahora los miembros del colectivo eran acusados de un delito de enaltecimiento del terrorismo en redes sociales por 12 mensajes recogidos en la web del colectivo, 19 de su cuenta de Twitter y varios vídeos.

La Audiencia Nacional rechaza las acusaciones de enaltecimiento y absuelve a los seis miembros del Straight Edge de los cargos

El escrito de acusación, al que tuvo acceso Público, recogía mensajes de ideología anarquista revolucionaria como “muerte al capital”, “capitalismo asesino”, o “fuego y muerte al estado y que viva la anarquía”. El texto también recogía que algunos de los acusados vendían camisetas en el Rastro con el mensaje “la resistencia no es violencia, es autodefensa” o tuits un tanto desconcertantes en una causa por terrorismo como “Goku vive, la lucha sigue” o citas del filósofo Hervert Marcuse.

Sin embargo, según la sentencia que se ha conocido este jueves, la Audiencia Nacional rechaza las acusaciones de enaltecimiento y absuelve a los seis miembros del Straight Edge de los cargos. La sentencia señala que los mensajes del colectivo son “una posición de rebeldía, pero que en modo alguno puede considerarse como un ataque directo o indirecto al Estado y sus instituciones”.De esta manera, la Audiencia Nacional pone, de momento, el punto y final a una pesadilla judicial que costó un año y cuatro meses de prisión a un joven hoy declarado inocente.
Persecución del anarquismo

“La causa por enaltecimiento trató de equiparar la ideología anarquista anticapitalista con el enaltecimiento del terrorismo. El anarquismo aboga por la acción directa, pero esa acción no tiene por qué ser violenta e incluso siendo violenta no tiene por qué ser ser terrorista. Y hacer un llamamiento a acabar con el capitalismo no tiene por qué ser un llamamiento a la violencia o al terrorismo”, explicaba antes del juicio Daniel Amelang, de la Red Jurídica, como abogado defensor de parte de los acusados.

La causa abierta contra el grupo Straight Edge no fue la única que la Audiencia Nacional ha desarrollado contra grupos anarquistas en los últimos años. Muy al contrario, han coincidido en el tiempo diversas operaciones que vinculaban a grupos anarquistas con el terrorismo y con un supuesto grupo terrorista internacional. Sin embargo, a excepción de esta causa por presunto enaltecimiento de Straight Edge, todas las demás han sido archivadas.

Se ha acabado el fantasma del terrorismo anarquista”, concluye Daniel Amelang

La primera gran operación policial que relacionó terrorismo y anarquismo se desarrolló la madrugada del 16 de diciembre de 2014. Once personas fueron detenidas y siete de ellas entran rápidamente en prisión incondicional. Era el inicio de lo que se conoció como Operación Pandora I. El magistrado de la Audiencia Nacional Gómez Bérmudez les atribuyó la comisión de delitos de constitución, promoción, dirección y pertenencia a organización terrorista en relación con delitos de tenencia y depósito de sustancias o aparatos explosivos y daños y estragos con finalidad terrorista.

Después vendría la Operación Piñata, en la que serían detenidas 15 personas y cinco entrarían en prisión; y la Operación Pandora II, en la que fueron detenidas otras nueve personas. Los cargos y la base de la acusación son prácticamente idénticos: pertenencia a organización terrorista, daños y tenencia ilícita de armas para uso terrorista.

En total, 33 personas fueron detenidas y 12 encarceladas en apenas un año, acusadas, en su mayoría, de participar de uno u otro modo en una presunta organización terrorista a la que se responsabiliza de ser el brazo operativo en España de la FAI-FRI (Federación Anarquista Informal-Frente Revolucionario Internacional) y actuar bajo el nombre de Grupos Anarquistas Coordinados (G.A.C.).

Sin embargo, ninguna de estas acusaciones pudo probarse. Todos los encarcelados están en libertad sin cargos y todas las causas abiertas han sido cerradas. Solo queda el caso contra Straight Edge por enaltecimiento en redes sociales, una acusación que dista mucho de la de integración en banda armada.

“Han sido tres años duros para decenas de activistas anarquistas, pero se ha conseguido acreditar que el concepto de terrorismo anarquista del que se les acusa no existe. En cambio, sí hemos vivido unos años de persecución de esta ideología en lo que algunas personas han interpretado como la búsqueda de un nuevo enemigo interno. Se ha acreditado, no obstante, que ese enemigo interno no existe. Se ha acabado el fantasma del terrorismo anarquista”, concluye Daniel Amelang.

https://www.publico.es/sociedad/terroristas-enaltecer-traves-goku-extrana-historia-grupo-anarquista-vegano-sido-absuelto-justicia.html


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miércoles, 25 de julio de 2018

Heidegger , tal cual .


 Resultado de imagen de heidegger
  Uno de los estudios  mas completo y sencillo para entenderlo..

http://www.editorialpi.net/obras/Heideggerellugartenientedelanada.pdf

 Imagen relacionada
  La cabaña de Heidegger en Röterbuckweg,
 a las afueras de Friburgo, en las montañas de la Selva Negra, 
al sur de Alemania,

lunes, 23 de julio de 2018

La Otan evacua , los Cascos Blancos en Siria.

La OTAN coordina evacuación de los «Cascos Blancos»


La evacuación de los White Helmets o «Cascos Blancos» [1], solicitada por el Reino Unido, se mencionó en la Cumbre de Jefes de Estado y de gobierno de la OTAN, realizada el 11 de julio de 2018.
Y en definitiva ha sido ese bloque militar quien se encargó de coordinar la salida de Siria de 422 de esos elementos y sus familias, con ayuda de Israel y Jordania, dos países que tienen cada uno su oficina de enlace en el cuartel general de la OTAN, en Bruselas.
Aunque la alianza atlántica supervisó a los yihadistas durante 7 años desde la base del LandCom en la ciudad turca de Izmir (Esmirna), esta parece ser la primera vez que la OTAN reconoce haber desempeñado un papel en Siria.
La evacuación de los Cascos Blancos incluyó, por supuesto, una estrecha supervisión a cargo de fuerzas especiales occidentales, principalmente del SAS británico.
Rusia hizo posible la realización de esa operación de exfiltración al abstenerse de intervenir contra el convoy que sacó de Siria a esos elementos.
El presidente estadounidense Donald Trump dio al parecer luz verde a la OTAN para la evacuación de todo el personal occidental implicado en la guerra secreta contra Siria.
 [1] «Londres saca de Siria a los “Cascos Blancos”», Red Voltaire, 20 de julio de 2018.

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Llarena caput.


La primera vez qu e veo un articulo en el País que hace un resumen certero...pero sin entrar en las extradiciones
Los jueces alemanes, si pides la extradición por algo  que no está en la tabla general común o en su  legislación SI que tienen que entra en explicaciones, sino  como lo examinan?, si hubieran pedido la extradición solo por malversación , hubiera sido más automática ,previa firma del tribunal pero no es una  extradición entre fiscalías ,ni por un solo juez ,   sino con un tribunal por medio , ¿ sino que pinta?,  la consecuencia es que no  pasa solo  con jueces alemanes , sino con todos , por eso tampoco hizo recurso a otros tribunales  europeos, al igual Bruselas, ante la peticion española , tampoco va a cambiar el protocolo .



La estrategia fallida de Llarena
La decisión de Alemania de entregar a Puigdemont solo por malversación trastoca la causa abierta en el Supremo y pone el foco en las dudas sobre el delito de rebelión



https://elpais.com/ccaa/2018/07/22/catalunya/1532278519_286994.html

   Está clara la explicacion de este jurista andaluz que  por estar publicada en nacional-cat deja de ser acertada..y entra en las extradiciones, como en un texto anterior que puse mas abajo .Por otra parte con ello confirmo lo que venia poniendo en este blog ,  que en alguien  ajeno , podria dar la impresion de que eran manifestaciones de un independentista ..y no..

https://www.elnacional.cat/es/politica/entrevista-miguel-pasquau-caso-1o_289932_102.html


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